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Aborto en América Latina: de un extremo a otro

Emilia Rojas (VT)5 de septiembre de 2016

El Salvador, Chile y Nicaragua, junto con Andorra y el Vaticano son algunos de los Estados con las leyes más restrictivas en materia de aborto. Pero también hay liberales. Una mirada a la situación en América Latina.

Imagen: picture-alliance/dpa

Argentina

El aborto está contemplado como delito en el Código Penal argentino. Sin embargo, de acuerdo con la legislación del país, no es punible en casos en que corra peligro la salud de la mujer o cuando el embarazo es producto de una violación.

Recientemente provocó polémica el caso de una mujer que fue condenada a ocho años de cárcel por un aborto que, según sus defensores, fue espontáneo y no voluntario. La Corte Suprema de Tucumán ordenó en agosto su puesta en libertad, mientras se espera una sentencia sobre la cuestión de fondo.

Brasil

En Brasil solo se permite el aborto por tres causas: embarazo de riesgo para la madre, malformaciones cerebrales del feto o violación.

En el Parlamento hay proyectos dirigidos a reforzar las leyes que prohíben la interrupción del embarazo. La nueva jefa de la Secretaría de Políticas para las Mujeres, Fátima Pelaes, es evangélica y contraria al aborto incluso en casos de violación.

Chile

La interrupción del embarazo está prohibida en Chile sin excepción, desde que la dictadura de Augusto Pinochet derogó en sus postrimerías una ley que permitía el aborto terapéutico, que databa de 1931. Su práctica puede ser sancionada con penas de cárcel.

El Gobierno de Michelle Bachelet presentó un proyecto de ley que permitirá el aborto con tres causales: peligro para la vida de la madre, inviabilidad del feto o embarazo producto de una violación. La reforma, ya aprobada por la Cámara de Diputados, está siendo tratada en el Senado.

Claves - ¿Aborto en Chile?: Realidades y desafíos

42:34

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Colombia

El peligro para la vida de la mujer, la inviabilidad del feto y el embarazo provocado por una violación son las tres causales de aborto que contempla la legislación de Colombia. Pero una iniciativa legal prevé ampliar mucho más el margen.

En marzo de 2016, poco antes de dejar el cargo, el entonces Fiscal General, Eduardo Montealegre, presentó un proyecto al Congreso para que se permita la interrupción del embarazo hasta la semana 24. Señaló que era una medida de protección, en vista de que “las estadísticas muestran que hay 400 mil abortos clandestinos en el país que ponen en riesgo la vida de la mujer”.

El Salvador

Tras una reforma de su legislación penal en 1998, en El Salvador está prohibido el aborto "en todas las circunstancias".

El principal partido de la oposición, Arena, ha propuesto una reforma del articulo 133 del Código Penal para aumentar de "30 a 50 años" de prisión los castigos para quien provoque o consienta un aborto, delitos que actualmente reciben de dos a ocho años de cárcel. Si la propuesta es aprobada, el Congreso estaría equiparando la pena por aborto con la de homicidio agravado.

México

La legislación sobre el aborto depende en México de cada estado federado. Existen diversas causales aceptadas en las diferentes legislaciones locales, algunas de las cuales contemplan también penas de cárcel para los abortos que no cumplan con ellas.

Solo en la capital, Ciudad de México, existe una ley de plazos, que permite a las mujeres interrumpir el embarazo antes de las 12 semanas. Dicha norma fue aprobada en 2007.

Perú

En Perú el aborto constituye un delito, pero se permite el "aborto terapéutico", cuando la vida de la madre está en peligro. La ley está vigente desde 1924, aunque solo en 2014 se logró la aprobación del procedimiento técnico para aplicarla.

Uruguay

Desde 2012, está permitido el aborto en Uruguay durante las primeras 12 semanas de embarazo. No obstante, en marzo de este año, Amnistía Internacional denunció trabas como el recurso de la objeción de conciencia por parte de los médicos.

El decreto que reglamentó el aborto permite la objeción de conciencia de los médicos y del personal sanitario, pero limita su aplicación a la no prescripción del fármaco abortivo o a no realizar la interrupción del embarazo, aunque los obliga a participar en todos los procedimientos previos y posteriores.