Bolivia: Luis Arce, candidato de MAS, se ve como ganador
19 de octubre de 2020
Sondeos a boca de urna dan como virtual ganador en primera vuelta al candidato del Movimiento al Socialismo (MAS), Luis Arce. La presidenta interina, Jeanine Áñez, pide “paciencia" y esperar los resultados oficiales”.
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Tras una jornada que se desarrolló en paz, con "civismo" y una alta participación de votantes, la incertidumbre se apoderó de los bolivianos que veían pasar las horas sin que el órgano electoral diera a conocer los resultados de las votaciones.
Arce habría obtenido más del 50 por ciento de los votos
Pasada la medianoche y ante la presión de políticos y ciudadanos, se conoció que la encuesta de Ciesmori para las cadenas de televisión Unitel y Bolivision da un 52,4 por ciento de los votos al exministro Arce, con lo que sería el ganador al tener más del 50 por ciento de votos.
A continuación quedaría Carlos Mesa de Comunidad Ciudadana con el 31,5 por ciento, seguido de Luis Fernando Camacho de Creemos con el 14,1. La encuesta de la iniciativa Tu Voto Cuenta difundida por la televisora Cadena A da un 53 por ciento de los votos al candidato del MAS, a Mesa 30,8 por ciento y a Camacho el 14,1.
Arce celebró en La Paz un triunfo que dio por seguro, mientras que Evo Morales lo hizo desde Argentina, cuando el recuento oficial de votos iba por poco más del 7 por ciento. La presidenta interina del país, Jeanine Áñez, reconoció que aunque no es el cómputo oficial, la victoria de MAS se ve segura y felicitó a sus candidatos.
Áñez pide "paciencia y madurez para esperar los resultados oficiales”
Ante la impaciencia por conocer los resultados, la presidenta interina pidió a los ciudadanos y partidos políticos tener "paciencia" y "madurez" para esperar los resultados oficiales.
Agradeció asimismo a los ciudadanos, las autoridades electorales y las fuerzas del orden por contribuir a que esta jornada fuera "un día de fiesta pacífica y democrática". El presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Salvador Romero, destacó que la jornada de votación concluyó de manera "pacífica y participativa", que era lo que necesitaba el país "para afianzar su democracia".
Tras el cierre de los puestos de votación, las autoridades desplegaron en todo el país un operativo militar y policial para garantizar la seguridad hasta que se conozcan los resultados oficiales.
Los temores se disparan
Los bolivianos aún tienen en su memoria el violento estallido social que se registró después de las polémicas elecciones de 2019, que desencadenaron la renuncia de Evo Morales a la Presidencia, el 10 de noviembre denunciando que era obligado por un golpe de Estado, y dejaron al país con un vacío de poder, hasta que Jeanine Áñez asumió a los dos días el Gobierno de forma interina.
Situación que llevó a que días atrás cientos de bolivianos se abastecieran de comida y combustible ante el temor de una nueva crisis, pero rápidamente esa situación fue disipada por el mismo comportamiento de los votantes.
La Misión de Observación Electoral de la Organización de Estados Americanos (OEA) expresó su reconocimiento al "pueblo boliviano por la actitud cívica al acudir masiva y pacíficamente a ejercer su derecho al voto". "En este contexto en el que el cómputo avanza con lentitud, reiteramos nuestro llamado para que, tanto la ciudadanía como los diferentes actores políticos, esperen con paciencia los datos oficiales. Los próximos días serán cruciales para el futuro de Bolivia", señaló.
En el mismo sentido, la delegación de la Unión Europa (UE) felicitó "al pueblo boliviano por haber protagonizado una jornada electoral participativa y en paz" e hizo un llamado a que se preserve la calma mientras se conocen los resultados, para evitar que se desvirtúe el proceso electoral.
Por otra parte, Morales desde Argentina expresó sus sospechas sobre "el levantamiento del Direpre a pocas horas del día de las elecciones" y luego de que "las empresas encuestadoras se niegan a publicar los resultados a boca de urna". El TSE ya había anunciado que prescindía del sistema de Difusión de Resultados Preliminares (Direpre), para dar prioridad a la "certeza" del resultado sobre la "impaciencia" de conocer el recuento cuanto antes.
Precisamente en las elecciones de hace un año, el sistema de Transmisión de Resultados Preliminares (TREP), distinto al Direpre, fue cuestionado al permanecer casi un día sin emitir datos y reanudarse de repente con un resultado a favor del entonces presidente Evo Morales.
Prudencia entre los candidatos
Los candidatos a la Presidencia también actuaron de manera prudente y siguieron el desarrollo de la jornada en sus sedes de campaña, tras emitir sus respectivos votos en la mañana. A las afueras de la sede del MAS en la ciudad de La Paz reinó el silencio, con su cúpula reunida en su interior mientras seguía el avance a cuentagotas del escrutinio y sin dejarse ver ante los cerca de ochenta periodistas que aguardaban un pronunciamiento de su candidato.
En horas de la mañana, el exministro Arce se mostró confiado en que su partido volverá al poder en Bolivia con una victoria en las urnas, frente a otros a los que acusó de haberlo tomado "por las armas".
El expresidente Mesa, por su parte, dijo que Bolivia vive un "momento fundamental" para poder salir de la crisis y señaló que no harían ningún pronunciamiento hasta no tener algún anuncio oficial. Mientras que el exlíder cívico Luis Fernando Camacho, de Creemos, pidió desde la ciudad de Santa Cruz transparencia y "consolidar" el proceso democrático.
Unos 7,3 millones de bolivianos estaban habilitados para sufragar en el país, donde el voto es obligatorio, para decidir entre cinco candidaturas a presidente, vicepresidente, senadores y diputados.
jov (efe, página12)
Las Constituciones de América Latina
La letra plasmada en los textos de las Cartas Fundamentales latinoamericanas es un ideal que pueblos y Gobiernos buscan hacer realidad. Una lucha llena de obstáculos y fracasos, pero también de éxitos. Algunas citas.
Imagen: cervantesvirtual
Argentina
“La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas”, reza el artículo 16 de la Constitución argentina. Primer texto: 1853. Vigente: 1994. https://bit.ly/2eedveP
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Bolivia
“Las naciones y pueblos indígenas en aislamiento y no contactados gozan del derecho a mantenerse en esa condición, a la delimitación y consolidación legal del territorio que ocupan y habitan”, dice el artículo 31 del capítulo IV de la Nueva Constitución Política Del Estado Plurinacional de Bolivia. Primer texto: 1826. Vigente: 2009. https://bit.ly/2kTAMYH
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Chile
"La libertad de enseñanza incluye el derecho de abrir, organizar y mantener
establecimientos educacionales; no tiene otras limitaciones que las impuestas por la
moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional", dice el artículo 11 del Capítulo III sobre derechos y deberes constitucionales. Primer texto: 1925. Vigente: 1980. https://bit.ly/1W6OVw8
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Colombia
“Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación”, reza el art. 79 del cap. III. Primer texto: 1886. Vigente: 1991. https://bit.ly/2kPU2WQ
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Costa Rica
“El domicilio y todo otro recinto privado de los habitantes son inviolables. No obstante pueden ser allanados por orden escrita de juez competente, o para impedir la comisión o impunidad de delitos, o evitar daños graves a las personas o a la propiedad, con sujeción a lo que prescribe la ley”, dice el artículo 23 del título IV. Primer texto: 1949. Vigente: 2003. https://bit.ly/2kqYXgX
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Cuba
“Los ciudadanos tienen el derecho de combatir por todos los medios, incluyendo la lucha armada, cuando no fuera posible otro recurso, contra cualquiera que intente derribar el orden político, social y económico establecido por esta Constitución”, dice aparte del art. 4 del cap. I de los principios fundamentales de la Constitución de Cuba. Primer texto: 1869. Vigente: 2019. https://bit.ly/2lW25le
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República Dominicana
"Se admite el derecho de los trabajadores a la huelga y de los patronos al paro en las empresas privadas, siempre que se ejerzan con arreglo a la ley y para resolver conflictos estrictamente laborales. Se prohíbe toda paralización intencional de actividades en empresas privadas o del Estado", dice el art. 11d de la Constitución. Primer texto: 1844. Vigente: 2015. https://bit.ly/2JaYQ2d
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Ecuador
“El Ecuador es un territorio de paz. No se permitirá el establecimiento de bases militares extranjeras ni de instalaciones extranjeras con propósitos militares. Se prohíbe ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras”, establece el artículo 4 de los principios fundamentales. Primer texto: 1830. Vigente: 2008. https://bit.ly/2kT3mcx
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El Salvador
“No podrán ser candidatos a Presidente de la República: 1º- El que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de 6 meses”. Y el art. 154 dispone: “El período presidencial será de 5 años (...) sin que la persona que haya ejercido la Presidencia pueda continuar en sus funciones ni un día más”, reza la Constitución de El Salvador. Primer texto: 1824. Vigente: 1983. https://bit.ly/2dp0kHk
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Guatemala
“La actividad de los medios de comunicación social es de interés público y éstos en ningún caso podrán ser expropiados. Por faltas o delitos en la emisión del pensamiento no podrán ser clausurados, embargados, intervenidos, confiscados o decomisados, ni interrumpidos en su funcionamiento”, advierte el art. 35 sobre libertad de pensamiento. Primer texto: 1824. Vigente: 1993. https://bit.ly/2b7tMT9
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Honduras
“Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador ni a quienes asuman funciones o empleos públicos por la fuerza de las armas o usando medios o procedimientos que quebranten o desconozcan esta Constitución. El pueblo tiene derecho a recurrir a la insurrección en defensa del orden constitucional”, promete el art. 3 del cap. 1. Primer texto: 1825. Vigente: 1982. https://bit.ly/2mpfrH7
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México
“La manifestación de las ideas no será objeto de inquisición judicial o administrativa, sino en caso de que ataque la moral, vida privada o derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos legales”, dice el art. 6° del cap. IX sobre derechos humanos y garantías. Primer texto: 1824. Vigente: 1917. https://bit.ly/1imezoW
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Nicaragua
“Nadie puede ser sometido a detención o prisión arbitraria, ni ser privado de su libertad, salvo por causas fijadas por la ley con arreglo a un procedimiento legal”, reza el artículo 33 del capítulo I sobre derechos indiviudales. Primer texto: 1842. Vigente: 1987. https://bit.ly/2mgpQ7E
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Panamá
"El Estado desarrollará programas de educación y promoción para grupos indígenas ya que poseen patrones culturales propios, a fin de lograr su participación activa en la función ciudadana. El Estado dará atención especial a las comunidades campesinas e indígenas", dicen apartes de los art.104 y 120 de la Constitución de Panaña. Primer texto: 1904. Vigente: 1972. https://bit.ly/31ApF64
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Paraguay
"No habrá delitos de prensa, sino delitos comunes cometidos por medio de la prensa. Toda persona tiene derecho a generar, procesar o difundir información, como igualmente a la utilización de cualquier instrumento lícito y apto para tales fines. Se garantiza el pluralismo informatiov ", dicen los art. 26 y 27 de la Constitución del Paraguay. Primer texto: 1870 Vigente: 1992. https://bit.ly/2rZXAJc
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Perú
“Los funcionarios y servidores públicos que administran o manejan fondos del Estado deben hacer declaración jurada de bienes y rentas al tomar posesión de sus cargos, durante su ejercicio y al cesar en los mismos”, estipula un aparte del art. 41 del cap. IV de la Función Pública. Primer texto: 1823. Vigente: 1993. https://bit.ly/2kH594C
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Uruguay
"A nadie se le aplicará la pena de muerte. En ningún caso se permitirá que las cárceles sirvan para mortificar, y sí sólo para asegurar a los procesados y penados, persiguiendo su reeducación, la aptitud para el trabajo y la profilaxis del delito", reza el artículo 26 de Constitución del Uruguay. Primer texto: 1830. Vigente: 1997. https://bit.ly/2wrNW3p
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Venezuela
“El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo”, dice un aparte del art. 3 del título I. Primer texto: 1811. Vigente: 1999. https://bit.ly/2fo2F6y