Gobernador de Yucatán, anfitrión de la cita en la ciudad mexicana de Mérida: "todos podemos hacer la diferencia y aportar nuestro granito de arena". Un concierto de Ricky Martin pone el broche a tres días de encuentro.
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La XVII Cumbre Mundial de los Premios Nobel de la Paz concluyó este sábado (21.09.2019) en la ciudad mexicana de Mérida con un llamado a vigilar la convivencia humana en un marco de respeto y asumir un compromiso que evite un mayor deterioro del planeta. En el acto final, el gobernador del suroriental estado de Yucatán, Mauricio Vila Dosal, resaltó el éxito del encuentro, así como las experiencias que el evento dejó en esta tierra.
Vila Dosal dijo ante unas 3.000 personas que estuvieron en el Centro Internacional de Congresos que "todos podemos hacer la diferencia y aportar nuestro granito de arena por la paz mundial". "Podemos hacerlo con pequeñas acciones individuales, empezando por la casa, amigos, el barrio y la ciudad, que se multipliquen todas ellas, mandando un mensaje poderoso, no solo a nuestros hermanos, sino al mundo", agregó.
A su vez, en nombre de los jóvenes del mundo, un colectivo de ese sector se pronunció, a través de diversos representantes, por defender todas las libertades, entre ellas la de expresión. Eso, dijeron, ayudará a garantizar la paz y los derechos de las minorías, pues los medios son la compuerta que impulsa el compromiso social, aunque hay que decir que es imposible avanzar con información falsa. Asimismo, se pronunciaron por continuar los esfuerzos en favor del desarme nuclear y evitar la amenaza que ello representa, y resaltaron el papel de la educación.
Por su lado, al dirigirse a la concurrencia con la declaratoria final, denominada la "Declaración de Mérida", la Nobel de la Paz 2011, la liberiana Leymah Gbowee, se pronunció en favor de lograr un entendimiento renovado del concepto de la paz. "Después de la devastación de dos guerras mundiales, una serie de guerras ideológicas, religiosas y civiles, la ausencia relativa de la guerra se ha confundido como si fuera un logro de paz", expuso. "Creemos que la verdadera paz no puede separarse del logro de la verdadera justicia, y estamos preocupados profundamente por las amenazas existentes al bien común", añadió.
La liberiana pidió también a cada ser humano "entender cómo estamos conectados, no solo unos con otros sino con toda la vida", y resaltó que "cualquier amenaza al bienestar de nosotros o del medioambiente nos afecta a todos". "En este momento pedimos a cada persona dejar su huella de paz por el mundo que todos compartimos y hacemos un llamado a los ciudadanos a contribuir en la construcción de un mundo más justo, más pacífico y más sostenible", puntualizó.
En el acto participó el cantante puertorriqueño Ricky Martin, quien recibió un reconocimiento de la cumbre en forma de paloma, simbolizando la paz. El cantante hizo un llamado a "no aceptar la crisis humanitaria" como parte de nuestro día a día y pidió "respeto" e "igualdad" para la que definió como su comunidad, la LGBT, víctima de "absurdas creencias, prejuicios, desconocimiento e ignorancia". Martin, esta misma noche, ofrece una presentación ante unas 25.000 personas en el Monumento a la Patria en el Paseo de Montejo, la avenida más importante y emblemática de Mérida.
lgc (efe/diarioYucatán)
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Las Constituciones de América Latina
La letra plasmada en los textos de las Cartas Fundamentales latinoamericanas es un ideal que pueblos y Gobiernos buscan hacer realidad. Una lucha llena de obstáculos y fracasos, pero también de éxitos. Algunas citas.
Imagen: cervantesvirtual
Argentina
“La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas”, reza el artículo 16 de la Constitución argentina. Primer texto: 1853. Vigente: 1994. https://bit.ly/2eedveP
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Bolivia
“Las naciones y pueblos indígenas en aislamiento y no contactados gozan del derecho a mantenerse en esa condición, a la delimitación y consolidación legal del territorio que ocupan y habitan”, dice el artículo 31 del capítulo IV de la Nueva Constitución Política Del Estado Plurinacional de Bolivia. Primer texto: 1826. Vigente: 2009. https://bit.ly/2kTAMYH
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Chile
"La libertad de enseñanza incluye el derecho de abrir, organizar y mantener
establecimientos educacionales; no tiene otras limitaciones que las impuestas por la
moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional", dice el artículo 11 del Capítulo III sobre derechos y deberes constitucionales. Primer texto: 1925. Vigente: 1980. https://bit.ly/1W6OVw8
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Colombia
“Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación”, reza el art. 79 del cap. III. Primer texto: 1886. Vigente: 1991. https://bit.ly/2kPU2WQ
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Costa Rica
“El domicilio y todo otro recinto privado de los habitantes son inviolables. No obstante pueden ser allanados por orden escrita de juez competente, o para impedir la comisión o impunidad de delitos, o evitar daños graves a las personas o a la propiedad, con sujeción a lo que prescribe la ley”, dice el artículo 23 del título IV. Primer texto: 1949. Vigente: 2003. https://bit.ly/2kqYXgX
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Cuba
“Los ciudadanos tienen el derecho de combatir por todos los medios, incluyendo la lucha armada, cuando no fuera posible otro recurso, contra cualquiera que intente derribar el orden político, social y económico establecido por esta Constitución”, dice aparte del art. 4 del cap. I de los principios fundamentales de la Constitución de Cuba. Primer texto: 1869. Vigente: 2019. https://bit.ly/2lW25le
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República Dominicana
"Se admite el derecho de los trabajadores a la huelga y de los patronos al paro en las empresas privadas, siempre que se ejerzan con arreglo a la ley y para resolver conflictos estrictamente laborales. Se prohíbe toda paralización intencional de actividades en empresas privadas o del Estado", dice el art. 11d de la Constitución. Primer texto: 1844. Vigente: 2015. https://bit.ly/2JaYQ2d
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Ecuador
“El Ecuador es un territorio de paz. No se permitirá el establecimiento de bases militares extranjeras ni de instalaciones extranjeras con propósitos militares. Se prohíbe ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras”, establece el artículo 4 de los principios fundamentales. Primer texto: 1830. Vigente: 2008. https://bit.ly/2kT3mcx
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El Salvador
“No podrán ser candidatos a Presidente de la República: 1º- El que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de 6 meses”. Y el art. 154 dispone: “El período presidencial será de 5 años (...) sin que la persona que haya ejercido la Presidencia pueda continuar en sus funciones ni un día más”, reza la Constitución de El Salvador. Primer texto: 1824. Vigente: 1983. https://bit.ly/2dp0kHk
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Guatemala
“La actividad de los medios de comunicación social es de interés público y éstos en ningún caso podrán ser expropiados. Por faltas o delitos en la emisión del pensamiento no podrán ser clausurados, embargados, intervenidos, confiscados o decomisados, ni interrumpidos en su funcionamiento”, advierte el art. 35 sobre libertad de pensamiento. Primer texto: 1824. Vigente: 1993. https://bit.ly/2b7tMT9
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Honduras
“Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador ni a quienes asuman funciones o empleos públicos por la fuerza de las armas o usando medios o procedimientos que quebranten o desconozcan esta Constitución. El pueblo tiene derecho a recurrir a la insurrección en defensa del orden constitucional”, promete el art. 3 del cap. 1. Primer texto: 1825. Vigente: 1982. https://bit.ly/2mpfrH7
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México
“La manifestación de las ideas no será objeto de inquisición judicial o administrativa, sino en caso de que ataque la moral, vida privada o derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos legales”, dice el art. 6° del cap. IX sobre derechos humanos y garantías. Primer texto: 1824. Vigente: 1917. https://bit.ly/1imezoW
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Nicaragua
“Nadie puede ser sometido a detención o prisión arbitraria, ni ser privado de su libertad, salvo por causas fijadas por la ley con arreglo a un procedimiento legal”, reza el artículo 33 del capítulo I sobre derechos indiviudales. Primer texto: 1842. Vigente: 1987. https://bit.ly/2mgpQ7E
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Panamá
"El Estado desarrollará programas de educación y promoción para grupos indígenas ya que poseen patrones culturales propios, a fin de lograr su participación activa en la función ciudadana. El Estado dará atención especial a las comunidades campesinas e indígenas", dicen apartes de los art.104 y 120 de la Constitución de Panaña. Primer texto: 1904. Vigente: 1972. https://bit.ly/31ApF64
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Paraguay
"No habrá delitos de prensa, sino delitos comunes cometidos por medio de la prensa. Toda persona tiene derecho a generar, procesar o difundir información, como igualmente a la utilización de cualquier instrumento lícito y apto para tales fines. Se garantiza el pluralismo informatiov ", dicen los art. 26 y 27 de la Constitución del Paraguay. Primer texto: 1870 Vigente: 1992. https://bit.ly/2rZXAJc
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Perú
“Los funcionarios y servidores públicos que administran o manejan fondos del Estado deben hacer declaración jurada de bienes y rentas al tomar posesión de sus cargos, durante su ejercicio y al cesar en los mismos”, estipula un aparte del art. 41 del cap. IV de la Función Pública. Primer texto: 1823. Vigente: 1993. https://bit.ly/2kH594C
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Uruguay
"A nadie se le aplicará la pena de muerte. En ningún caso se permitirá que las cárceles sirvan para mortificar, y sí sólo para asegurar a los procesados y penados, persiguiendo su reeducación, la aptitud para el trabajo y la profilaxis del delito", reza el artículo 26 de Constitución del Uruguay. Primer texto: 1830. Vigente: 1997. https://bit.ly/2wrNW3p
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Venezuela
“El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo”, dice un aparte del art. 3 del título I. Primer texto: 1811. Vigente: 1999. https://bit.ly/2fo2F6y