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Corte Europea determina derecho a indemnización por retraso de vuelos

19 de noviembre de 2009

Pasajeros de vuelos con retrasos tienen el mismo derecho a una indemnización que en el caso de vuelos anulados, dictaminó hoy la Corte Europea de Justicia en Luxemburgo. Los clientes de aerolíneas cuyo vuelo haya sido cancelado tienen derecho a una indemnización que oscila entre los 250, los 400 y los 600 euros (371, 595 y 892 dólares) dependiendo de la distancia del trayecto.

Los jueces de la Unión Europea consideraron ahora que no tiene justificación que a los pasajeros de vuelos con retraso se les dispense un trato distinto. El requisito es, no obstante, que el retraso del vuelo supere las tres horas y no se deba a circunstancias excepcionales. En el caso de retrasos a causa de problemas técnicos los viajeros sólo percibirán indemnización si se producen fallos que no sean consecuencia del tráfico aéreo normal o que puedan ser controlados por las aerolíneas.

DPA