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SociedadItalia

Constitucional italiano descarta referéndum sobre eutanasia

15 de febrero de 2022

Exterior del Palazzo della Consulta, sede del Tribunal Constitucional italiano, esta tarde.
Exterior del Palazzo della Consulta, sede del Tribunal Constitucional italiano, esta tarde.Imagen: Mauro Scrobogna/ZUMAPRESS/picture alliance

El Tribunal Constitucional italiano tumbó este martes (15.02.2022) la posibilidad de celebrar un referéndum sobre una forma de eutanasia ya que, tal y como está planteado actualmente desde la Asociación Luca Coscioni, "no se garantizaría la protección mínima constitucionalmente necesaria de la vida humana".

La consulta es para el Tribunal "inadmisible" porque no protege la vida humana en general y "con particular referencia a las personas débiles o vulnerables", se lee en el fallo. En concreto, el referéndum, impulsado por la Asociación Luca Coscioni (que recogió firmas para la celebración de ocho referéndums, entre ellos este), pretendía derogar el artículo 579 del Código Penal, que actualmente sanciona a "quien causa la muerte de un hombre, con su consentimiento" con penas de entre seis y quince años de prisión.

El exponente de esa asociación, Marco Cappato, procesado y absuelto por acompañar en 2017 a un tetrapléjico a morir en Suiza, defendió que ese referéndum ayudaría a las personas a "no tener que soportar condiciones de sufrimiento insoportables". "Para nosotros es una mala noticia, pero también para quienes deberán sufrir todavía más. Es una mala noticia para la democracia", lamentó Cappato a los medios, aunque prometió seguir con esta batalla con "otros instrumentos".

Por el contrario, la Asociación Provida y Familia celebró que se haya rechazado el "populismo bioético" que, denunció, "habría permitido a cualquiera matar a amigos y parientes con solo un mínimo gesto de aprobación". Desde la política, el secretario del Partido Demócrata (centroizquierda), Enrico Letta, consideró que este veredicto "debe ahora empujar" al Parlamento a tramitar y aprobar el proyecto de ley sobre el suicidio asistido.

El propio Tribunal Constitucional ya avaló en 2019 que esta práctica "no es punible", es decir, "quien favorece la ejecución del propósito del suicidio" de "un paciente mantenido en vida con tratamientos de apoyo vital, con patologías irreversibles causantes de sufrimientos físicos y psicológicos intolerables" pero que es "plenamente capaz de tomar decisiones libres y conscientes". (efe)

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