El Salvador: Bukele necesita credibilidad internacional
Uta Thofern
2 de marzo de 2021
Luego de las elecciones parlamentarias en El Salvador se perfila una victoria abrumadora para Nayib Bukele. Pero justamente esa será su prueba de fuego ante la comunidad internacional, opina Uta Thofern.
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El presidente de El Salvador fue el primero en anunciar su victoria en Twitter, mucho antes de que hubiera sido contabilizado siquiera un 10 por ciento de los votos. Pero las encuestas de opinión habían pronosticado una gran mayoría para su relativamente nuevo partido "Nuevas ideas”, y esos pronósticos se confirmaron. Según el resultado actual del escrutinio, el partido de Nayib Bukele, con su alianza electoral, alcanzaría incluso una mayoría de dos tercios. Es decir, el presidente podrá gobernar sin temer ningún obstáculo.
Una pesadilla para muchos defensores de la división de poderes a nivel internacional, pero, evidentemente, para la mayoría de los votantes salvadoreños, un deseo verdadero. Luego del régimen militar de los años 80, y de la devastadora guerra civil de los 90, el país se convirtió en una democracia, pero ni el partido conservador ARENA, ni el FMNL que surgió de la guerrilla lograron mejorar las condiciones de vida de la gente. Ambos partidos se sucedieron en el poder sin lograr reducir las diferencias sociales, y tanto la corrupción como las luchas entre bandas criminales continúan golpeando al país más pequeño de Centroamérica.
El nuevo estilo político de Bukele despierta esperanzas
A pesar de su pasado en el FMLN, Bukele fue la nueva esperanza en las elecciones presidenciales de 2019. Que haya presentado sorpresivamente su candidatura por un partido de centroderecha, luego de que el FMLN lo expulsara por sus actitudes polarizantes, no dañó su popularidad. Después de todo, como alcalde de la capital salvadoreña volvió a San Salvador un lugar más seguro, y al mismo tiempo se empeñó en una tarea de prevención contra las bandas de jóvenes criminales. El hombre con la gorra de béisbol al revés, la chaqueta de cuero y la barba estilizada a la moda personifica un nuevo estilo político, por no mencionar su hábil uso de las redes sociales.
Durante su presidencia, Twitter se volvió aún más importante para Bukele, ya que el Parlamento no siempre tomó las decisiones que él hubiera querido. A través de esa red social, muy al estilo de Donald Trump, dio a cada suceso, con la rapidez del rayo, una nueva narrativa de acuerdo con sus intereses. Por ejemplo, cuando ordenó que el Ejército ingresara al Parlamento porque los diputados no querían aprobar un crédito destinado a las fuerzas de seguridad. Al presidente salvadoreño también le gusta atacar a los periodistas críticos de su gobierno a través de Twitter, y con eso se asegura el apoyo de sus seguidores.
Esas son tendencias autoritarias y rupturas de tabúes que despiertan una enorme cantidad de dudas acerca de la convicción democrática de Bukele. Pero que la mayoría de los ciudadanos no tengan, evidentemente, ningún problema con eso, solo se podría explicar a través del fracaso de los partidos democráticos en los últimos años. Y al presidente también se le acreditan logros, por ejemplo, en la lucha contra la criminalidad y durante la crisis del coronavirus, si bien los críticos sospechan que, para conseguirlos, Bukele se alió con parte de las bandas, y también plantean dudas acerca de las estadísticas del coronavirus. Sin embargo, no hay pruebas de eso.
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Respetar la democracia con una mayoría de dos tercios
El presidente tiene el derecho, y ahora la oportunidad, de convencer a quienes dudan, especialmente en la comunidad internacional. Un país tan pequeño como El Salvador no puede acrecentar su bienestar solo; necesita de la conexión y el apoyo de otros países. Necesita también inversiones y cooperaciones a nivel científico.
Nayib Bukele podrá demostrar en los próximos meses si respeta la democracia parlamentaria y la división de poderes, aun cuando cuenta con una gran mayoría. Puede demostrar que no ocupará la Fiscalía general y la Corte Suprema con camaradas políticos, que no recortará los derechos de la oposición en el Parlamento, y que no aspira a otro período en el cargo, sino que respeta la Constitución y las leyes.
Muy pronto tendrá oportunidad de hacerlo. El Tribunal Superior Electoral le abrió juicio porque, a pesar de la veda electoral, este domingo llamó a votar por un Parlamento que le brinde apoyo. La forma en que Bukele reaccione ahora a ese juicio será una prueba de fuego a su credibilidad luego de una victoria como esta.
(cp/ers)
Las Constituciones de América Latina
La letra plasmada en los textos de las Cartas Fundamentales latinoamericanas es un ideal que pueblos y Gobiernos buscan hacer realidad. Una lucha llena de obstáculos y fracasos, pero también de éxitos. Algunas citas.
Imagen: cervantesvirtual
Argentina
“La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas”, reza el artículo 16 de la Constitución argentina. Primer texto: 1853. Vigente: 1994. https://bit.ly/2eedveP
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Bolivia
“Las naciones y pueblos indígenas en aislamiento y no contactados gozan del derecho a mantenerse en esa condición, a la delimitación y consolidación legal del territorio que ocupan y habitan”, dice el artículo 31 del capítulo IV de la Nueva Constitución Política Del Estado Plurinacional de Bolivia. Primer texto: 1826. Vigente: 2009. https://bit.ly/2kTAMYH
Imagen: cervantesvirtual
Chile
"La libertad de enseñanza incluye el derecho de abrir, organizar y mantener
establecimientos educacionales; no tiene otras limitaciones que las impuestas por la
moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional", dice el artículo 11 del Capítulo III sobre derechos y deberes constitucionales. Primer texto: 1925. Vigente: 1980. https://bit.ly/1W6OVw8
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Colombia
“Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación”, reza el art. 79 del cap. III. Primer texto: 1886. Vigente: 1991. https://bit.ly/2kPU2WQ
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Costa Rica
“El domicilio y todo otro recinto privado de los habitantes son inviolables. No obstante pueden ser allanados por orden escrita de juez competente, o para impedir la comisión o impunidad de delitos, o evitar daños graves a las personas o a la propiedad, con sujeción a lo que prescribe la ley”, dice el artículo 23 del título IV. Primer texto: 1949. Vigente: 2003. https://bit.ly/2kqYXgX
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Cuba
“Los ciudadanos tienen el derecho de combatir por todos los medios, incluyendo la lucha armada, cuando no fuera posible otro recurso, contra cualquiera que intente derribar el orden político, social y económico establecido por esta Constitución”, dice aparte del art. 4 del cap. I de los principios fundamentales de la Constitución de Cuba. Primer texto: 1869. Vigente: 2019. https://bit.ly/2lW25le
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República Dominicana
"Se admite el derecho de los trabajadores a la huelga y de los patronos al paro en las empresas privadas, siempre que se ejerzan con arreglo a la ley y para resolver conflictos estrictamente laborales. Se prohíbe toda paralización intencional de actividades en empresas privadas o del Estado", dice el art. 11d de la Constitución. Primer texto: 1844. Vigente: 2015. https://bit.ly/2JaYQ2d
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Ecuador
“El Ecuador es un territorio de paz. No se permitirá el establecimiento de bases militares extranjeras ni de instalaciones extranjeras con propósitos militares. Se prohíbe ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras”, establece el artículo 4 de los principios fundamentales. Primer texto: 1830. Vigente: 2008. https://bit.ly/2kT3mcx
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El Salvador
“No podrán ser candidatos a Presidente de la República: 1º- El que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de 6 meses”. Y el art. 154 dispone: “El período presidencial será de 5 años (...) sin que la persona que haya ejercido la Presidencia pueda continuar en sus funciones ni un día más”, reza la Constitución de El Salvador. Primer texto: 1824. Vigente: 1983. https://bit.ly/2dp0kHk
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Guatemala
“La actividad de los medios de comunicación social es de interés público y éstos en ningún caso podrán ser expropiados. Por faltas o delitos en la emisión del pensamiento no podrán ser clausurados, embargados, intervenidos, confiscados o decomisados, ni interrumpidos en su funcionamiento”, advierte el art. 35 sobre libertad de pensamiento. Primer texto: 1824. Vigente: 1993. https://bit.ly/2b7tMT9
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Honduras
“Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador ni a quienes asuman funciones o empleos públicos por la fuerza de las armas o usando medios o procedimientos que quebranten o desconozcan esta Constitución. El pueblo tiene derecho a recurrir a la insurrección en defensa del orden constitucional”, promete el art. 3 del cap. 1. Primer texto: 1825. Vigente: 1982. https://bit.ly/2mpfrH7
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México
“La manifestación de las ideas no será objeto de inquisición judicial o administrativa, sino en caso de que ataque la moral, vida privada o derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos legales”, dice el art. 6° del cap. IX sobre derechos humanos y garantías. Primer texto: 1824. Vigente: 1917. https://bit.ly/1imezoW
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Nicaragua
“Nadie puede ser sometido a detención o prisión arbitraria, ni ser privado de su libertad, salvo por causas fijadas por la ley con arreglo a un procedimiento legal”, reza el artículo 33 del capítulo I sobre derechos indiviudales. Primer texto: 1842. Vigente: 1987. https://bit.ly/2mgpQ7E
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Panamá
"El Estado desarrollará programas de educación y promoción para grupos indígenas ya que poseen patrones culturales propios, a fin de lograr su participación activa en la función ciudadana. El Estado dará atención especial a las comunidades campesinas e indígenas", dicen apartes de los art.104 y 120 de la Constitución de Panaña. Primer texto: 1904. Vigente: 1972. https://bit.ly/31ApF64
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Paraguay
"No habrá delitos de prensa, sino delitos comunes cometidos por medio de la prensa. Toda persona tiene derecho a generar, procesar o difundir información, como igualmente a la utilización de cualquier instrumento lícito y apto para tales fines. Se garantiza el pluralismo informatiov ", dicen los art. 26 y 27 de la Constitución del Paraguay. Primer texto: 1870 Vigente: 1992. https://bit.ly/2rZXAJc
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Perú
“Los funcionarios y servidores públicos que administran o manejan fondos del Estado deben hacer declaración jurada de bienes y rentas al tomar posesión de sus cargos, durante su ejercicio y al cesar en los mismos”, estipula un aparte del art. 41 del cap. IV de la Función Pública. Primer texto: 1823. Vigente: 1993. https://bit.ly/2kH594C
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Uruguay
"A nadie se le aplicará la pena de muerte. En ningún caso se permitirá que las cárceles sirvan para mortificar, y sí sólo para asegurar a los procesados y penados, persiguiendo su reeducación, la aptitud para el trabajo y la profilaxis del delito", reza el artículo 26 de Constitución del Uruguay. Primer texto: 1830. Vigente: 1997. https://bit.ly/2wrNW3p
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Venezuela
“El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo”, dice un aparte del art. 3 del título I. Primer texto: 1811. Vigente: 1999. https://bit.ly/2fo2F6y