Milei fijó como prioridad "destruir" inflación y privatizar
20 de noviembre de 2023
El populista de derecha Javier Milei, electo presidente de Argentina, definió sus primeras medidas para enfrentar la crisis económica. Milei no cuenta con mayoría parlamentaria.
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La inflación de más de 140% anual, será un largo combate que demandará "entre 18 y 24 meses para destruirla y llevarla a los niveles más bajos internacionales", dijo Javier Milei en declaraciones radiales. Su primer paso será emprender una fuerte reforma del Estado que incluirá privatizaciones, indicó.
"Todo lo que pueda estar en las manos del sector privado va a estar en manos del sector privado", declaró, y señaló entre las empresas a privatizar a la petrolera YPF y los medios de comunicación estatales. "Vamos a arrancar primero con la reforma del Estado, poner en caja las cuentas públicas muy rápidamente", añadió. Milei debe asumir la presidencia el 10 de diciembre para un periodo de cuatro años, una ceremonia a la que invitó ya al expresidente brasileño Jair Bolsonaro.
Lula no asistirá a investidura de Milei
En cambio, el actual mandatario Luiz Inacio Lula da Silva, a quien Milei ha descalificado como "corrupto" y "comunista", no asistirá a la investidura, según una fuente del gobierno brasileño.
Comparado con frecuencia a Bolsonaro y al exmandatario estadounidense Donald Trump por sus posiciones de extrema derecha, Milei se muestra contrario al aborto, legalizado en Argentina en 2020, y niega que el cambio climático sea provocado por la actividad del ser humano.
Una reunión con el presidente peronista de centro-izquierda Alberto Fernández está pendiente para iniciar la transición de gobierno. Desde 2003, Argentina ha estado gobernada por el peronismo de la actual vicepresidenta y dos veces mandataria Cristina Kirchner, salvo por el periodo del derechista Mauricio Macri (2015-19).
"Quedó demostrado que la mayor parte de los argentinos quieren un cambio", dijo a la AFP Oscar Sario, un jubilado de 68 años.
El presidente electo anunció que viajará de manera privada a Estados Unidos e Israel. El triunfo de Milei no tuvo un efecto inmediato en los volátiles mercados de Argentina, por ser este lunes día feriado. Sin embargo, las acciones argentinas que cotizan en Wall Street registraron fuertes alzas, especialmente la estatal petrolera YPF.
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Milei no cuenta con mayoría parlamentaria
Sus principales desafíos serán bajar la inflación, equilibrar las cuentas públicas, eliminar el control de cambio y recortar el gasto público. Propone metas más duras que las del Fondo Monetario Internacional, organismo con el cual Argentina mantiene un acuerdo por 44.000 millones de dólares desde 2018.
Kristalina Georgieva, directora gerente del FMI, felicitó este lunes a Milei. "Esperamos trabajar estrechamente con él y su administración en el próximo período para desarrollar e implementar un plan sólido para salvaguardar la estabilidad macroeconómica y fortalecer el crecimiento inclusivo para todos los argentinos", escribió en la red social X.
Milei aspira a acabar con los subsidios a los servicios públicos, y eliminar impuestos a la exportación. También aseguró que impulsará el fin del control de cambios establecido en 2019, pero antes quiere saldar la deuda emitida por el Banco Central, a través de bonos.
Sobre el Banco Central, Milei reiteró que será suprimido "porque es un consigna de índole moral: robar está mal". En cuanto a la idea de dolarizar la economía, fue más ambiguo este lunes. "El eje central es cerrar el Banco Central, después la moneda será la que elijan los argentinos libremente", afirmó.
Milei advirtió que empezará con sus reformas de inmediato porque "no hay lugar para gradualismo, para tibiezas ni para medias tintas". Pero requiere de fuerte respaldo político. Aunque obtuvo una importante votación en las elecciones parlamentarias parciales de octubre, su partido La Libertad Avanza tiene solamente siete de los 72 senadores y 38 de los 257 diputados, por lo que dependerá de alianzas.
jov (afp, tagesschau, losangelestimes)
Las Constituciones de América Latina
La letra plasmada en los textos de las Cartas Fundamentales latinoamericanas es un ideal que pueblos y Gobiernos buscan hacer realidad. Una lucha llena de obstáculos y fracasos, pero también de éxitos. Algunas citas.
Imagen: cervantesvirtual
Argentina
“La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas”, reza el artículo 16 de la Constitución argentina. Primer texto: 1853. Vigente: 1994. https://bit.ly/2eedveP
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Bolivia
“Las naciones y pueblos indígenas en aislamiento y no contactados gozan del derecho a mantenerse en esa condición, a la delimitación y consolidación legal del territorio que ocupan y habitan”, dice el artículo 31 del capítulo IV de la Nueva Constitución Política Del Estado Plurinacional de Bolivia. Primer texto: 1826. Vigente: 2009. https://bit.ly/2kTAMYH
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Chile
"La libertad de enseñanza incluye el derecho de abrir, organizar y mantener
establecimientos educacionales; no tiene otras limitaciones que las impuestas por la
moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional", dice el artículo 11 del Capítulo III sobre derechos y deberes constitucionales. Primer texto: 1925. Vigente: 1980. https://bit.ly/1W6OVw8
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Colombia
“Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación”, reza el art. 79 del cap. III. Primer texto: 1886. Vigente: 1991. https://bit.ly/2kPU2WQ
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Costa Rica
“El domicilio y todo otro recinto privado de los habitantes son inviolables. No obstante pueden ser allanados por orden escrita de juez competente, o para impedir la comisión o impunidad de delitos, o evitar daños graves a las personas o a la propiedad, con sujeción a lo que prescribe la ley”, dice el artículo 23 del título IV. Primer texto: 1949. Vigente: 2003. https://bit.ly/2kqYXgX
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Cuba
“Los ciudadanos tienen el derecho de combatir por todos los medios, incluyendo la lucha armada, cuando no fuera posible otro recurso, contra cualquiera que intente derribar el orden político, social y económico establecido por esta Constitución”, dice aparte del art. 4 del cap. I de los principios fundamentales de la Constitución de Cuba. Primer texto: 1869. Vigente: 2019. https://bit.ly/2lW25le
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República Dominicana
"Se admite el derecho de los trabajadores a la huelga y de los patronos al paro en las empresas privadas, siempre que se ejerzan con arreglo a la ley y para resolver conflictos estrictamente laborales. Se prohíbe toda paralización intencional de actividades en empresas privadas o del Estado", dice el art. 11d de la Constitución. Primer texto: 1844. Vigente: 2015. https://bit.ly/2JaYQ2d
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Ecuador
“El Ecuador es un territorio de paz. No se permitirá el establecimiento de bases militares extranjeras ni de instalaciones extranjeras con propósitos militares. Se prohíbe ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras”, establece el artículo 4 de los principios fundamentales. Primer texto: 1830. Vigente: 2008. https://bit.ly/2kT3mcx
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El Salvador
“No podrán ser candidatos a Presidente de la República: 1º- El que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de 6 meses”. Y el art. 154 dispone: “El período presidencial será de 5 años (...) sin que la persona que haya ejercido la Presidencia pueda continuar en sus funciones ni un día más”, reza la Constitución de El Salvador. Primer texto: 1824. Vigente: 1983. https://bit.ly/2dp0kHk
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Guatemala
“La actividad de los medios de comunicación social es de interés público y éstos en ningún caso podrán ser expropiados. Por faltas o delitos en la emisión del pensamiento no podrán ser clausurados, embargados, intervenidos, confiscados o decomisados, ni interrumpidos en su funcionamiento”, advierte el art. 35 sobre libertad de pensamiento. Primer texto: 1824. Vigente: 1993. https://bit.ly/2b7tMT9
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Honduras
“Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador ni a quienes asuman funciones o empleos públicos por la fuerza de las armas o usando medios o procedimientos que quebranten o desconozcan esta Constitución. El pueblo tiene derecho a recurrir a la insurrección en defensa del orden constitucional”, promete el art. 3 del cap. 1. Primer texto: 1825. Vigente: 1982. https://bit.ly/2mpfrH7
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México
“La manifestación de las ideas no será objeto de inquisición judicial o administrativa, sino en caso de que ataque la moral, vida privada o derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos legales”, dice el art. 6° del cap. IX sobre derechos humanos y garantías. Primer texto: 1824. Vigente: 1917. https://bit.ly/1imezoW
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Nicaragua
“Nadie puede ser sometido a detención o prisión arbitraria, ni ser privado de su libertad, salvo por causas fijadas por la ley con arreglo a un procedimiento legal”, reza el artículo 33 del capítulo I sobre derechos indiviudales. Primer texto: 1842. Vigente: 1987. https://bit.ly/2mgpQ7E
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Panamá
"El Estado desarrollará programas de educación y promoción para grupos indígenas ya que poseen patrones culturales propios, a fin de lograr su participación activa en la función ciudadana. El Estado dará atención especial a las comunidades campesinas e indígenas", dicen apartes de los art.104 y 120 de la Constitución de Panaña. Primer texto: 1904. Vigente: 1972. https://bit.ly/31ApF64
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Paraguay
"No habrá delitos de prensa, sino delitos comunes cometidos por medio de la prensa. Toda persona tiene derecho a generar, procesar o difundir información, como igualmente a la utilización de cualquier instrumento lícito y apto para tales fines. Se garantiza el pluralismo informatiov ", dicen los art. 26 y 27 de la Constitución del Paraguay. Primer texto: 1870 Vigente: 1992. https://bit.ly/2rZXAJc
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Perú
“Los funcionarios y servidores públicos que administran o manejan fondos del Estado deben hacer declaración jurada de bienes y rentas al tomar posesión de sus cargos, durante su ejercicio y al cesar en los mismos”, estipula un aparte del art. 41 del cap. IV de la Función Pública. Primer texto: 1823. Vigente: 1993. https://bit.ly/2kH594C
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Uruguay
"A nadie se le aplicará la pena de muerte. En ningún caso se permitirá que las cárceles sirvan para mortificar, y sí sólo para asegurar a los procesados y penados, persiguiendo su reeducación, la aptitud para el trabajo y la profilaxis del delito", reza el artículo 26 de Constitución del Uruguay. Primer texto: 1830. Vigente: 1997. https://bit.ly/2wrNW3p
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Venezuela
“El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo”, dice un aparte del art. 3 del título I. Primer texto: 1811. Vigente: 1999. https://bit.ly/2fo2F6y