Justicia indígena originaria
9 de agosto de 2010"¡Por supuesto que es una cuestión de voluntad!", contesta René Kuppe. Este antropólogo jurídico de la Universidad de Viena lo tiene claro: si se quiere, no hay obstáculo insalvable en el camino hacia el reconocimiento pleno de los derechos de los pueblos indígenas, ni tampoco en la vía que lleva a la conciliación del sistema jurídico ordinario con la justicia indígena originaria.
"Tener en cuenta en el derecho convencional los principios de la justicia indígena no sólo es posible, sino que es algo que ya se practica. En Canadá, en Estados Unidos, en Nueva Zelanda, en Australia, los llamados 'aboriginal titles' forman parte de la lesgilación, y muchas de las constituciones latinoamericanas hacen referencia explícita al respeto del derecho tradicional", añade Kuppe.
Sin embargo, el experto sabe que hasta aquí alcanza la teoría. En la práctica, los obstáculos quizás no sean insalvables, pero sí recurrentes. "Cada avance en este campo va acompañado de inesperados problemas", dice, "si, por ejemplo, un país reconoce que los indígenas pueden aplicar su derecho en las tierras que utilizan, se plantea la pregunta de qué entra dentro de dicha categoría. ¿Son los lugares sagrados, que desde nuestro punto de vista occidental no están siendo utilizados, tierras en uso?".
En un caso como éste, lo mejor sería involucrar a los indígenas: "nadie puede indicar como ellos qué terrenos les son importantes", señala Kuppe. Pero la confrontación de dos modelos no sólo jurídicos, sino también culturales, sociales y económicos, no hace siempre tan fácil la resolución de los conflictos que surgen.
Los problemas de la justicia ordinaria
"A los tribunales ordinarios, las causas indígenas les resultan increíblemente difíciles de manejar", explica el abogado británico Gordon Bennett, "primero, porque los jueces esperan recibir una exposición cronológica de los hechos, sustentada por una serie de documentos. Pero si uno es analfabeto, carecerá de pruebas por escrito y tal vez sólo tenga un vago recuerdo de lo acontecido."
"Además", continúa Bennett, "casi siempre se le concede a la justicia individual más valor que a la colectiva, mientras que para la mayoría de los pueblos originarios es al contrario. Y tercero, nuestro sistema judicial sólo acepta como testigos a quienes han presenciado o participado en los hechos. Aunque la transmisión oral entre los indígenas es muy importante y muchas veces los testimonios de quienes saben algo por terceros son relevantes, estos suelen rechazarse".
Bennett ha trabajado en más de una ocasión para la ONG Survival International, defendiendo desde el estrado los derechos indígenas. Como Kuppe, el abogado conoce los problemas, pero también él cree en la coexistencia jurídica: "opino que es posible, aunque requeriría concesiones por ambas partes. Hay países, por ejemplo, en los que se han creado tribunales especiales para tratar las cuestiones indígenas. Y no siempre hace falta llegar tan lejos. Estoy convencido de que con la mediación y el arbitraje se solucionan muchos litigios."
¿Una cuestión económica, y también europea? ¡Siga leyendo!
¿Una cuestión económica?
"Muchos pueblos indígenas carecen de representantes de cara al exterior y hay algunos idiomas originarios para los que no existen intérpretes, así que, si las autoridades de un país decidieran preguntar a los indígenas qué tierras les son importantes, no pocas veces aparecería entonces la próxima complicación", sigue exponiendo Kuppe.
Sin embargo, entre todas las dificultades ninguna se interpone tanto al reconocimiento de la justicia originaria como el actual modelo económico, considera el vienés. Las reivindicaciones indígenas son incompatibles con un sistema "que no es sostenible y que obliga a la rápida explotación de los recursos naturales sin tener en cuenta las consecuencias sociales y económicas", dice Kuppe, "mientras el modelo siga vigente, los derechos de estos pueblos no se podrán respetar completamente."
Que sea la Organización Mundial del Trabajo el único organismo internacional que hasta el momento ha elaborado una convención vinculante para la defensa de los derechos indígenas es una pista de cuánto hay de económico en este asunto. "El derecho a aplicar un sistema jurídico propio no está reconocido explícitamente en la Convención 169 de la OIT", dice Yvonne Bangert, experta en justicia internacional de la alemana Asociación para los Pueblos Amenazados, "pero sí el derecho a la identidad cultural y a ser informados y consultados acerca de proyectos que afecten a sus tierras, de manera que puedan negarse a ellos si no están de acuerdo."
Mecanismos de control y sanciones más allá de la "moral"·no acompañan, como en tantos otros documentos similares, a la Convención. Pero "el texto se utiliza con frecuencia como base legal para defender ante tribunales los derechos indígenas, de manera que, de algún modo, puede sustituir a un reconocimiento a nivel nacional de la justicia originaria", comenta Bangert. Para abogados como Bennett, "la Convención es importante porque establece principios iguales para todos los Estados que la han ratificado", indica, "pero su principal debilidad reside en que está dirigida sólo a países, y no a multinacionales, que son al final las que más hacen peligrar el respeto de los derechos indígenas".
En Europa, también
Sobre todo la decisión de la Cámara baja boliviana de otorgar autonomía jurídica a los indígenas ha abierto en América Latina el debate en torno al reconocimiento de la justicia originaria. "Pero en Bolivia se está intentando más que eso: aquí se pretende un cambio de modelo económico, tal y como planteaba antes", recuerda Kuppe, "y no hay que sorprenderse: muchas de las formulaciones nuevas que se están planteando en Bolivia y en Ecuador- por ejemplo, el derecho a la naturaleza- también se discuten y practican en Europa como alternativa al neoliberalismo".
Problemas irresueltos con los pueblos originarios existen igualmente en el Viejo Continente. "El reconocimiento de los derechos de los sami fue objeto de debate hace no mucho en el norte de Europa. El motivo es que este grupo indígena se oponía en Noruega a la construcción de un dique que hubiera acabado con los pastos para sus renos. Los países escandinavos acabaron reconociendo legalmente el derecho de los sami a su estilo de vida, pero siguen habiendo conflictos con las compañías mineras, las madereras y el eco-turismo, y en Finlandia y en Suecia el lobby industrial continúa impidiendo que se les reconozca el derecho a la tierra", cuenta Kuppe.
Y Alemania prosigue sin ratificar la Convención 169 de la OIT, "por dos motivos fundamentales: por un temor a que los romaníes pudieran declararse pueblo originario y reivindicar sus derechos, y porque aparte de esta remota posibilidad no hay indígenas dentro de las fronteras germanas", explica Yvonne Bangert, "nosotros no aceptamos ninguno de los dos argumentos: no es posible que un país se niegue a sumarse a un convenio internacional por miedo a tener que cumplirlo, y de cara a los pueblos originarios del mundo sería una señal positiva que Alemania plasmara en aquí su firma".
Autora: Luna Bolívar Manaut
Editor: José Ospina Valencia