La prensa en alemán analiza las condiciones en que el nuevo presidente de Argentina recibió la economía de su país, las ventajas y límites del T-MEC para fabricantes alemanes y los problemas internos del MAS en Bolivia.
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Die Tageszeitung, de Berlín, reseña la toma del poder de Alberto Fernández, como nuevo presidente de la Argentina, en "¡Estamos de vuelta!"
"El 10 de diciembre, el político de centro izquierda Alberto Fernández prestó juramento ante el Congreso en Buenos Aires. Fernández, de 60 años, sucedió al conservador Mauricio Macri. La expresidenta Cristina Fernández de Kirchner es ahora su vicepresidenta. Los mayores desafíos son la golpeada economía y la pobreza.
En su primer discurso ante el Congreso, Fernández describió un panorama sombrío: ‘La economía argentina no ha parado de contraerse, con la tasa de inflación argentina por encima del 50%, por primera vez desde 1991. La tasa de desempleo es la más alta desde 2006. El valor de un dólar ha aumentado de 9,60 a 63 pesos'. La economía y la cohesión social se encuentran en un estado de extrema debilidad.
El balance de la política social de Mauricio Macri es, en efecto, devastador. Y eso, a pesar de haber llegado a la presidencia con la promesa de reducir la pobreza como criterio clave del éxito de su política. Según el más reciente informe del Observatorio de la Deuda Social de la Universidad Católica de Argentina (UCA), la proporción de personas por debajo del umbral de pobreza ha aumentado del 29%, en 2015 al 40.8% en la actualidad.
Solo con el FMI, el monto de la deuda será de 21 mil millones de dólares en 2020, y de 44 mil millones de dólares en los próximos dos años. "Para pagar la deuda, primero se debe crecer", dijo el presidente Alberto Fernández y anunció una renegociación".
T-MEC: pacto de superlativos
El diario económico Handelsblatt, de Düsseldorf, pone la lupa sobre el T-MEC, cuyo texto fue firmado esta semana por México, Estados Unidos y Canadá:
"El Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) no es solo un pacto de superlativos: el T-MEC incluye a casi 500 millones de personas, y la producción económica de los tres países es de alrededor de 23 mil millones de dólares.
El acuerdo también es de alta relevancia para la economía alemana, sobre todo para la industria automotriz, que mantiene instalaciones de producción, especialmente en México, pero también en Estados Unidos, y depende de la exportación libre de impuestos.
Para la industria automotriz las nuevas disposiciones serán especialmente complejas. El nuevo contrato establece, entre otros, nuevos límites en cuanto al porcentaje de un automóvil que debe ser fabricado en uno de los países miembros para ser exportado libre de impuestos. Otra parte apunta a que un 40 a un 45 por ciento de los componentes de un automóvil deben ser fabricados por trabajadores que ganan al menos 16 dólares por hora.
Los cambios no son fáciles para la industria automotriz alemana. Norteamérica ya es la región de ventas más importante del mundo para la industria automotriz alemana, junto con China y Europa. Los fabricantes nacionales de esos tres países venden anualmente más de 1,3 millones de automóviles, solo en Estados Unidos.
Casi 120.000 personas trabajan en más de 330 fábricas alemanas de automóviles en Estados Unidos. La regla de que, a partir de 2023, un vehículo de marca extranjera deber tener tres cuartas partes del valor agregado generado en alguno de los tres países para que no sea gravado con aranceles adicionales, pone bajo presión a fabricantes alemanes y japoneses por igual, porque aún no cumplen con la nueva norma.
Aún así, para Ferdinand Dudenhöffer, jefe del Centro de Investigación Automotriz (CAR), ‘El T-MEC es en realidad algo bueno, porque le da seguridad a las fábricas de las empresas alemanas en México'".
Bolivia: castillo de naipes
La edición alemana del parisini Le Monde diplomatique, le dedica su columna al "Fin de la era Morales” y a los conflictos internos dentro del movimiento MAS:
"Tras el fin de las protestas en Bolivia, se celebrarán nuevas elecciones en marzo de 2020. Los jefes del partido MAS están en prisión o han huido. Los opositores a la Constitución plurinacional ya han anunciado sus candidaturas.
Desde su independencia en 1825 hasta la toma del poder por Evo Morales en 2006, Bolivia ha sufrido 188 golpes de Estado, más de uno por año. Pero nadie hubiera pensado que la primera presidencia de un indígena terminaría tan abruptamente y bajo tales condiciones.
Morales no parecía preocupado, toda vez que era elogiado por los éxitos de su política económica, mientras en otros países de América Latina la recesión campea: era alabado por la izquierda por la disminución del analfabetismo, la expansión de la infraestructura y la reducción de la tasa de pobreza del 63,9 al 35,5 por ciento (de 2004 a 2017), y por el FMI, por la política conciliatoria hacia los empleadores y la impresionante tasa de crecimiento. Entonces, ¿qué estaba saliendo mal en las bases?
El desgaste político causado por el poder, los conflictos con las organizaciones indígenas, los escándalos, en parte justificados, y en parte, sin fundamento, y el trauma del referéndum de 2016 habían debilitado su posición a largo plazo.
Con el estallido de la crisis, el autoproclamado ‘gobierno de los movimientos sociales' se quedó de repente sin ningún movimiento social. Cuando la lealtad al MAS se desmoronó, algunos afiliados ya no sentían que su futuro estaba ligado al de Morales. Cuando el sindicato Central Obrera Boliviana (COB) le propuso al presidente el 10 de noviembre renunciar para ‘pacificar el país', el MAS, que durante mucho tiempo parecía una fortaleza, colapsó como un castillo de naipes".
(cp)
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Las Constituciones de América Latina
La letra plasmada en los textos de las Cartas Fundamentales latinoamericanas es un ideal que pueblos y Gobiernos buscan hacer realidad. Una lucha llena de obstáculos y fracasos, pero también de éxitos. Algunas citas.
Imagen: cervantesvirtual
Argentina
“La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas”, reza el artículo 16 de la Constitución argentina. Primer texto: 1853. Vigente: 1994. https://bit.ly/2eedveP
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Bolivia
“Las naciones y pueblos indígenas en aislamiento y no contactados gozan del derecho a mantenerse en esa condición, a la delimitación y consolidación legal del territorio que ocupan y habitan”, dice el artículo 31 del capítulo IV de la Nueva Constitución Política Del Estado Plurinacional de Bolivia. Primer texto: 1826. Vigente: 2009. https://bit.ly/2kTAMYH
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Chile
"La libertad de enseñanza incluye el derecho de abrir, organizar y mantener
establecimientos educacionales; no tiene otras limitaciones que las impuestas por la
moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional", dice el artículo 11 del Capítulo III sobre derechos y deberes constitucionales. Primer texto: 1925. Vigente: 1980. https://bit.ly/1W6OVw8
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Colombia
“Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación”, reza el art. 79 del cap. III. Primer texto: 1886. Vigente: 1991. https://bit.ly/2kPU2WQ
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Costa Rica
“El domicilio y todo otro recinto privado de los habitantes son inviolables. No obstante pueden ser allanados por orden escrita de juez competente, o para impedir la comisión o impunidad de delitos, o evitar daños graves a las personas o a la propiedad, con sujeción a lo que prescribe la ley”, dice el artículo 23 del título IV. Primer texto: 1949. Vigente: 2003. https://bit.ly/2kqYXgX
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Cuba
“Los ciudadanos tienen el derecho de combatir por todos los medios, incluyendo la lucha armada, cuando no fuera posible otro recurso, contra cualquiera que intente derribar el orden político, social y económico establecido por esta Constitución”, dice aparte del art. 4 del cap. I de los principios fundamentales de la Constitución de Cuba. Primer texto: 1869. Vigente: 2019. https://bit.ly/2lW25le
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República Dominicana
"Se admite el derecho de los trabajadores a la huelga y de los patronos al paro en las empresas privadas, siempre que se ejerzan con arreglo a la ley y para resolver conflictos estrictamente laborales. Se prohíbe toda paralización intencional de actividades en empresas privadas o del Estado", dice el art. 11d de la Constitución. Primer texto: 1844. Vigente: 2015. https://bit.ly/2JaYQ2d
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Ecuador
“El Ecuador es un territorio de paz. No se permitirá el establecimiento de bases militares extranjeras ni de instalaciones extranjeras con propósitos militares. Se prohíbe ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras”, establece el artículo 4 de los principios fundamentales. Primer texto: 1830. Vigente: 2008. https://bit.ly/2kT3mcx
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El Salvador
“No podrán ser candidatos a Presidente de la República: 1º- El que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de 6 meses”. Y el art. 154 dispone: “El período presidencial será de 5 años (...) sin que la persona que haya ejercido la Presidencia pueda continuar en sus funciones ni un día más”, reza la Constitución de El Salvador. Primer texto: 1824. Vigente: 1983. https://bit.ly/2dp0kHk
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Guatemala
“La actividad de los medios de comunicación social es de interés público y éstos en ningún caso podrán ser expropiados. Por faltas o delitos en la emisión del pensamiento no podrán ser clausurados, embargados, intervenidos, confiscados o decomisados, ni interrumpidos en su funcionamiento”, advierte el art. 35 sobre libertad de pensamiento. Primer texto: 1824. Vigente: 1993. https://bit.ly/2b7tMT9
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Honduras
“Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador ni a quienes asuman funciones o empleos públicos por la fuerza de las armas o usando medios o procedimientos que quebranten o desconozcan esta Constitución. El pueblo tiene derecho a recurrir a la insurrección en defensa del orden constitucional”, promete el art. 3 del cap. 1. Primer texto: 1825. Vigente: 1982. https://bit.ly/2mpfrH7
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México
“La manifestación de las ideas no será objeto de inquisición judicial o administrativa, sino en caso de que ataque la moral, vida privada o derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos legales”, dice el art. 6° del cap. IX sobre derechos humanos y garantías. Primer texto: 1824. Vigente: 1917. https://bit.ly/1imezoW
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Nicaragua
“Nadie puede ser sometido a detención o prisión arbitraria, ni ser privado de su libertad, salvo por causas fijadas por la ley con arreglo a un procedimiento legal”, reza el artículo 33 del capítulo I sobre derechos indiviudales. Primer texto: 1842. Vigente: 1987. https://bit.ly/2mgpQ7E
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Panamá
"El Estado desarrollará programas de educación y promoción para grupos indígenas ya que poseen patrones culturales propios, a fin de lograr su participación activa en la función ciudadana. El Estado dará atención especial a las comunidades campesinas e indígenas", dicen apartes de los art.104 y 120 de la Constitución de Panaña. Primer texto: 1904. Vigente: 1972. https://bit.ly/31ApF64
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Paraguay
"No habrá delitos de prensa, sino delitos comunes cometidos por medio de la prensa. Toda persona tiene derecho a generar, procesar o difundir información, como igualmente a la utilización de cualquier instrumento lícito y apto para tales fines. Se garantiza el pluralismo informatiov ", dicen los art. 26 y 27 de la Constitución del Paraguay. Primer texto: 1870 Vigente: 1992. https://bit.ly/2rZXAJc
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Perú
“Los funcionarios y servidores públicos que administran o manejan fondos del Estado deben hacer declaración jurada de bienes y rentas al tomar posesión de sus cargos, durante su ejercicio y al cesar en los mismos”, estipula un aparte del art. 41 del cap. IV de la Función Pública. Primer texto: 1823. Vigente: 1993. https://bit.ly/2kH594C
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Uruguay
"A nadie se le aplicará la pena de muerte. En ningún caso se permitirá que las cárceles sirvan para mortificar, y sí sólo para asegurar a los procesados y penados, persiguiendo su reeducación, la aptitud para el trabajo y la profilaxis del delito", reza el artículo 26 de Constitución del Uruguay. Primer texto: 1830. Vigente: 1997. https://bit.ly/2wrNW3p
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Venezuela
“El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo”, dice un aparte del art. 3 del título I. Primer texto: 1811. Vigente: 1999. https://bit.ly/2fo2F6y