El representante del centroderechista Partido Nacional se enfrentará a los problemas de desempleo, de la economía estancada y del aumento de la violencia. Los expertos analizan el futuro de Uruguay.
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Fue por una diferencia de poco más de un punto porcentual. Luis Alberto Lacalle Pou (46), representante de la llamada "coalición multicolor”, derrotó en las urnas al representante del Frente Amplio, Daniel Martínez, y asumirá la presidencia de Uruguay el 1 marzo de 2020.
En los últimos años, la coalición izquierdista del Frente Amplio fue desgastándose y perdiendo su fuerza debido a factores como: un 9,5% de tasa desempleo, una economía estancada y con un déficit fiscal equivalente al 4,9% del PIB.
Sin embargo, una de las principales preocupaciones de los uruguayos es el aumento en la sensación de inseguridad: entre 2017 y 2018, los homicidios aumentaron en un 45%, en un país calificado como relativamente seguro, con respecto a sus vecinos latinoamericanos.
Un giro hacia la centroderecha
Los logros conseguidos por los gobiernos de izquierda, entre los que destaca el mandato de José Mujica, estuvieron principalmente enfocados en establecer medidas en materia de derechos sociales, políticas del sistema laboral, mejoras salariales y ayudas para los sectores más vulnerables. No obstante, esto no fue suficiente para lograr un nuevo mandato por cinco años más.
"Esta derrota se viene anunciando hace mucho”, cuenta a DW Sebastian Sperling, representante de la Fundación Friedrich Ebert en Uruguay. "Tiene que ver con un desgaste después de 15 años en el Gobierno, en un contexto regional internacional muy poco favorable en los últimos años. El Frente Amplio no logró convencer con su plan de transformación profundo de la economía, entonces Uruguay tiene un gran desafío, impulsar su propia matriz productiva, para generar empleos calificados y crecimiento sostenible”, agrega Sperling.
Adolfo Garcé, académico de Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, declara a DW que "se puede hablar de un debilitamiento electoral, un poco de cansancio en los electores. Independientemente de que el Frente Amplio fue un partido innovador y que ha logrado éxito en diversas dimensiones, se han acumulado problemas y expectativas frustradas en la opinión pública. La gente está preocupada por la seguridad, por el desempleo o por algunos problemas en el sistema educativo. Aunque el balance es ampliamente positivo, hay problemas sin resolver y una sensación de que ya no está en condiciones de darle un empujón al país”.
Las tareas de Lacalle
Sperling estima que en una votación tan reñida como la del pasado domingo (24.11.2019), la primera tarea del nuevo Gobierno debe ser lidiar con la división política: "Superar esta polarización y volver al diálogo es el primer desafío. Desde el Frente Amplio se debe ofrecer una oposición constructiva para que este nuevo presidente no estreche alianzas con la ultraderecha, que por primera vez entró al Parlamento”.
Por su parte, Oscar Bottinelli, presidente del Instituto Factum de análisis político, opinión pública y estudio social, estima que la seguridad es, sin duda, la mayor prioridad del futuro Gobierno de Lacalle. "Sin duda que debe enfocarse en materia de seguridad. Hay un tema de preocupación pública, que fue puesto en la agenda de la oposición como una prioridad y que fue utilizado como campaña, donde se dijo que fue el gran déficit del actual gobierno. Por lo que quedó (Lacalle) comprometido a mejorar la seguridad pública, es un desafío grande”, afirma.
Conrado Ramos, politólogo y doctor en Ciencias Políticas de la Universidad Johann Wolfgang Goethe de Frankfurt, concuerda con Bottinelli: "Es muy complejo este tema de seguridad ciudadana. El nuevo Gobierno de Lacalle va a estar enfocado en eso y también en llevar algunas reformas que la izquierda no ha podido acometer. Quizás, lo que falta es la reforma de la educación, donde el gasto se ha tornado regresivo”.
¿Qué tan difícil será gobernar?
La "coalición multicolor” fue ganadora absoluta también en las dos cámaras del Parlamento uruguayo. Conformada por cinco partidos (donde destacan el Partido Nacional de Lacalle, el Colorado y el Cabildo Abierto, liderado por el excomandante del Ejército Uruguayo), lograron imponerse con 17 senadores de 30, y 56 diputados de 99, es decir, con mayoría parlamentaria.
"Va a ser un Gobierno complejo porque esta coalición multicolor tenía el fin de sacar al Frente Amplio del poder. Todavía no conocemos muy bien sus planes más detallados y en esos 5 partidos podrían tener diferencias. Tal vez no en temas socioeconómicos, pero sin duda en temas más culturales de la convivencia, ahí hay reacciones más liberales, conservadores y reaccionarias, fuera del consenso democrático”, opina Sperling.
"Las dificultades pueden ser para negociar, ya que para algunos proyectos necesita al menos dos tercios de los votos, por lo que tiene que negociarlas con el Frente Amplio, que de todas formas, ya dio señales claras a través de sus principales líderes, de que va a tomar una posición de diálogo, que no va a ser de postura dura. Ellos estarán en la búsqueda de entendimientos, por lo que no se prevé una situación de conflictividad mayor”, afirma Bottinelli.
Para Adolfo Garcé no existe Gobierno fácil en Uruguay. "Es un país pluralista. Todos tienen una parte de poder y sigue siendo así. No resultó fácil para el Frente Amplio y tampoco lo será para el Gobierno electo. El poder está dividido ahora en una coalición de 5 partidos, que son distintos, que convergen en torno a su agenda, pero tampoco son idénticos en término de preferencia. Hacer coaliciones no es fácil, pero todo indica que este jefe de Gobierno sabe cómo construir alianzas electorales. Mi impresión es que estamos frente a un presidente que tiene las condiciones para liderar”, concluye.
(jov)
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Las Constituciones de América Latina
La letra plasmada en los textos de las Cartas Fundamentales latinoamericanas es un ideal que pueblos y Gobiernos buscan hacer realidad. Una lucha llena de obstáculos y fracasos, pero también de éxitos. Algunas citas.
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Argentina
“La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas”, reza el artículo 16 de la Constitución argentina. Primer texto: 1853. Vigente: 1994. https://bit.ly/2eedveP
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Bolivia
“Las naciones y pueblos indígenas en aislamiento y no contactados gozan del derecho a mantenerse en esa condición, a la delimitación y consolidación legal del territorio que ocupan y habitan”, dice el artículo 31 del capítulo IV de la Nueva Constitución Política Del Estado Plurinacional de Bolivia. Primer texto: 1826. Vigente: 2009. https://bit.ly/2kTAMYH
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Chile
"La libertad de enseñanza incluye el derecho de abrir, organizar y mantener
establecimientos educacionales; no tiene otras limitaciones que las impuestas por la
moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional", dice el artículo 11 del Capítulo III sobre derechos y deberes constitucionales. Primer texto: 1925. Vigente: 1980. https://bit.ly/1W6OVw8
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Colombia
“Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación”, reza el art. 79 del cap. III. Primer texto: 1886. Vigente: 1991. https://bit.ly/2kPU2WQ
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Costa Rica
“El domicilio y todo otro recinto privado de los habitantes son inviolables. No obstante pueden ser allanados por orden escrita de juez competente, o para impedir la comisión o impunidad de delitos, o evitar daños graves a las personas o a la propiedad, con sujeción a lo que prescribe la ley”, dice el artículo 23 del título IV. Primer texto: 1949. Vigente: 2003. https://bit.ly/2kqYXgX
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Cuba
“Los ciudadanos tienen el derecho de combatir por todos los medios, incluyendo la lucha armada, cuando no fuera posible otro recurso, contra cualquiera que intente derribar el orden político, social y económico establecido por esta Constitución”, dice aparte del art. 4 del cap. I de los principios fundamentales de la Constitución de Cuba. Primer texto: 1869. Vigente: 2019. https://bit.ly/2lW25le
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República Dominicana
"Se admite el derecho de los trabajadores a la huelga y de los patronos al paro en las empresas privadas, siempre que se ejerzan con arreglo a la ley y para resolver conflictos estrictamente laborales. Se prohíbe toda paralización intencional de actividades en empresas privadas o del Estado", dice el art. 11d de la Constitución. Primer texto: 1844. Vigente: 2015. https://bit.ly/2JaYQ2d
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Ecuador
“El Ecuador es un territorio de paz. No se permitirá el establecimiento de bases militares extranjeras ni de instalaciones extranjeras con propósitos militares. Se prohíbe ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras”, establece el artículo 4 de los principios fundamentales. Primer texto: 1830. Vigente: 2008. https://bit.ly/2kT3mcx
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El Salvador
“No podrán ser candidatos a Presidente de la República: 1º- El que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de 6 meses”. Y el art. 154 dispone: “El período presidencial será de 5 años (...) sin que la persona que haya ejercido la Presidencia pueda continuar en sus funciones ni un día más”, reza la Constitución de El Salvador. Primer texto: 1824. Vigente: 1983. https://bit.ly/2dp0kHk
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Guatemala
“La actividad de los medios de comunicación social es de interés público y éstos en ningún caso podrán ser expropiados. Por faltas o delitos en la emisión del pensamiento no podrán ser clausurados, embargados, intervenidos, confiscados o decomisados, ni interrumpidos en su funcionamiento”, advierte el art. 35 sobre libertad de pensamiento. Primer texto: 1824. Vigente: 1993. https://bit.ly/2b7tMT9
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Honduras
“Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador ni a quienes asuman funciones o empleos públicos por la fuerza de las armas o usando medios o procedimientos que quebranten o desconozcan esta Constitución. El pueblo tiene derecho a recurrir a la insurrección en defensa del orden constitucional”, promete el art. 3 del cap. 1. Primer texto: 1825. Vigente: 1982. https://bit.ly/2mpfrH7
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México
“La manifestación de las ideas no será objeto de inquisición judicial o administrativa, sino en caso de que ataque la moral, vida privada o derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos legales”, dice el art. 6° del cap. IX sobre derechos humanos y garantías. Primer texto: 1824. Vigente: 1917. https://bit.ly/1imezoW
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Nicaragua
“Nadie puede ser sometido a detención o prisión arbitraria, ni ser privado de su libertad, salvo por causas fijadas por la ley con arreglo a un procedimiento legal”, reza el artículo 33 del capítulo I sobre derechos indiviudales. Primer texto: 1842. Vigente: 1987. https://bit.ly/2mgpQ7E
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Panamá
"El Estado desarrollará programas de educación y promoción para grupos indígenas ya que poseen patrones culturales propios, a fin de lograr su participación activa en la función ciudadana. El Estado dará atención especial a las comunidades campesinas e indígenas", dicen apartes de los art.104 y 120 de la Constitución de Panaña. Primer texto: 1904. Vigente: 1972. https://bit.ly/31ApF64
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Paraguay
"No habrá delitos de prensa, sino delitos comunes cometidos por medio de la prensa. Toda persona tiene derecho a generar, procesar o difundir información, como igualmente a la utilización de cualquier instrumento lícito y apto para tales fines. Se garantiza el pluralismo informatiov ", dicen los art. 26 y 27 de la Constitución del Paraguay. Primer texto: 1870 Vigente: 1992. https://bit.ly/2rZXAJc
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Perú
“Los funcionarios y servidores públicos que administran o manejan fondos del Estado deben hacer declaración jurada de bienes y rentas al tomar posesión de sus cargos, durante su ejercicio y al cesar en los mismos”, estipula un aparte del art. 41 del cap. IV de la Función Pública. Primer texto: 1823. Vigente: 1993. https://bit.ly/2kH594C
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Uruguay
"A nadie se le aplicará la pena de muerte. En ningún caso se permitirá que las cárceles sirvan para mortificar, y sí sólo para asegurar a los procesados y penados, persiguiendo su reeducación, la aptitud para el trabajo y la profilaxis del delito", reza el artículo 26 de Constitución del Uruguay. Primer texto: 1830. Vigente: 1997. https://bit.ly/2wrNW3p
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Venezuela
“El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo”, dice un aparte del art. 3 del título I. Primer texto: 1811. Vigente: 1999. https://bit.ly/2fo2F6y