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Nacionalidad española para descendientes de exiliados

26 de octubre de 2022

Los descendientes de exiliados españoles nacidos en el extranjero pueden solicitar desde este jueves la nacionalidad española, conforme a la Ley de Memoria Democrática, en vigor desde el viernes pasado.

Pasaporte español.
Pasaporte español.Imagen: CHRISTIAN BEUTLER/KEYSTONE/picture alliance

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este miércoles (26.10.2022) la instrucción del Ministerio de Justicia y los formularios de solicitud que deben cumplimentar los descendientes de exiliados interesados en solicitar la nacionalidad española.

Miles de españoles exiliados en Latinoamérica

Podrán optar "los nacidos fuera de España de padre o madre, abuela o abuelo, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad", precisa el texto.

Miles de españoles se exiliaron, principalmente en Latinoamérica, al terminar la Guerra Civil (1936-1939) y comenzar la dictadura del general Francisco Franco (fallecido en 1975), que se había sublevado con otros jefes militares contra el Gobierno de la II República.

Hijos de mujeres que perdieron la nacionalidad

Según la disposición adicional octava de ley citada, también podrán optar los "nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978".

Hijos de quienes solicitaron su nacionalidad de origen

Además, podrán solicitarla los hijos mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo con la ley vigente que regula esta cuestión o la anterior (aprobada en 2007); esta establecía un plazo de solicitud que terminó en 2011 y que es sustituida por la legislación actual de memoria democrática.

Plazo de dos años

En todos estos supuestos será necesario que los interesados formalicen la declaración de opción en el plazo de dos años, que el Gobierno podría prorrogar un año más. La solicitud se presentará ante el encargado de la Oficina General o Consular del Registro Civil, según los modelos que hoy publica el BOE.

Histórico récord de solicitudes desde Cuba, Argentina, México y Venezuela

Durante el periodo establecido por la anterior norma se concedió la nacionalidad española a 213.787 personas y se presentaron 378.862 solicitudes, según datos del Ministerio de Asuntos Exteriores. Los países de Iberoamérica representaron el 95 por ciento de las peticiones, en especial Cuba, Argentina, México y Venezuela. (efe, boe.es)

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