OONI, la aplicación para detectar la censura en Internet
Fabian Schmidt
22 de abril de 2020
Sus creadores se esforzaron para asegurar que podamos navegar libremente en Internet. Ahora necesitan de nuestra ayuda: mientras más gente instale la aplicación "OONI", mejor se detectará quién está censurando y dónde.
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Tener libertad en Internet no siempre es algo habitual. Muchos gobiernos antidemocráticos bloquean páginas web no deseadas o controlan lo que hacen sus ciudadanos en la red. El miedo a ser descubiertos frena a su vez la creatividad de los internautas y su voluntad de expresarse libremente.
Para dificultarles ese trabajo a las autoridades estatales, ingeniosos programadores han desarrollado sistemas como la red Tor o buscadores que permitan a los usuarios navegar, en su mayoría, de forma anónima.
Para asegurar que los usuarios de medios censurados también tengan libre acceso a información bloqueada, hay programas como Psihphon o conexiones VPN.
Haciendo pública la censura
Pero la lucha contra la censura en Internet es un constante juego de escondidas. Y allí los programadores de software a veces necesitan de nuestra ayuda, los usuarios, para quienes desarrollan la plataforma.
Para ello, el Open Observatory of Network Interference (OONI) lanzó este martes (21.04.2020) la aplicación OONI Probe. Esta app permite a los usuarios descubrir diferentes formas de censura en Internet y, al mismo tiempo, controlar la velocidad y el rendimiento de la red, así como el rendimiento de la transmisión de vídeo.
"El objetivo es identificar el bloqueo de sitios web en todo el mundo", explica Oliver Linow, experto en prevención de censura de Deutsche Welle (DW). "Hasta ahora estaba disponible como aplicación para dispositivos Android. Ahora se la encuentra también como aplicación de escritorio para Windows y Mac OS".
OONI publica automáticamente los resultados, a menos que el usuario no quiera, algo que puede ser cambiado en la configuración.
Modo de presión
Los creadores de OONI quieren recopilar y publicar la mayor cantidad de datos posibles sobre la censura en Internet con la esperanza de desarrollar algún tipo de presión política.
Concretamente, la aplicación verifica si alguien está bloqueando sitios web o el acceso a medios de comunicación como WhatsApp, Facebook Messenger o Telegram. OONI hace lo mismo para la red Tor y Psiphon.
Además, la aplicación detecta si los proveedores de los servicios de telecomunicación o los gobiernos han instalado las denominadas 'middleboxes' (o "cajas intermedias”), mecanismos que controlan el tráfico de Internet. Estos 'middleboxes' son una herramienta importante para que los censores de Internet descubran qué sitios web deben ser bloqueados.
A más usuarios, mayor impacto
"Cualquiera puede descargar la aplicación y dejar actuar a los escáneres. OONI verifica luego si se puede acceder a los servicios desde el dispositivo solicitante", asegura Linow. De modo que la aplicación necesita de muchos voluntarios, si es posible, que quieran participar. "Los datos son recopilados y procesados por OONI", según el experto de DW.
Quien tenga un sitio web y sospeche que alguien está bloqueando su página, puede registrar esta en OONI. La aplicación verificará si la sospecha es cierta. "Esta es una lista muy larga, que es procesada por la app. Luego aparece en algún lugar con la URL deseada, y entonces se podrá comprobar", dice Linow.
Sin embargo, los usuarios siempre deberán tener cuidado. El uso de esta aplicación no está completamente libre de riesgos. Los regímenes dictatoriales podrían reaccionar con castigos y persecuciones.
La nueva app está disponible en inglés, chino, ruso, español, francés, turco, tailandés, italiano, griego, catalán, eslovaco, portugués y alemán.
(ct/jov)
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Las Constituciones de América Latina
La letra plasmada en los textos de las Cartas Fundamentales latinoamericanas es un ideal que pueblos y Gobiernos buscan hacer realidad. Una lucha llena de obstáculos y fracasos, pero también de éxitos. Algunas citas.
Imagen: cervantesvirtual
Argentina
“La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas”, reza el artículo 16 de la Constitución argentina. Primer texto: 1853. Vigente: 1994. https://bit.ly/2eedveP
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Bolivia
“Las naciones y pueblos indígenas en aislamiento y no contactados gozan del derecho a mantenerse en esa condición, a la delimitación y consolidación legal del territorio que ocupan y habitan”, dice el artículo 31 del capítulo IV de la Nueva Constitución Política Del Estado Plurinacional de Bolivia. Primer texto: 1826. Vigente: 2009. https://bit.ly/2kTAMYH
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Chile
"La libertad de enseñanza incluye el derecho de abrir, organizar y mantener
establecimientos educacionales; no tiene otras limitaciones que las impuestas por la
moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional", dice el artículo 11 del Capítulo III sobre derechos y deberes constitucionales. Primer texto: 1925. Vigente: 1980. https://bit.ly/1W6OVw8
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Colombia
“Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación”, reza el art. 79 del cap. III. Primer texto: 1886. Vigente: 1991. https://bit.ly/2kPU2WQ
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Costa Rica
“El domicilio y todo otro recinto privado de los habitantes son inviolables. No obstante pueden ser allanados por orden escrita de juez competente, o para impedir la comisión o impunidad de delitos, o evitar daños graves a las personas o a la propiedad, con sujeción a lo que prescribe la ley”, dice el artículo 23 del título IV. Primer texto: 1949. Vigente: 2003. https://bit.ly/2kqYXgX
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Cuba
“Los ciudadanos tienen el derecho de combatir por todos los medios, incluyendo la lucha armada, cuando no fuera posible otro recurso, contra cualquiera que intente derribar el orden político, social y económico establecido por esta Constitución”, dice aparte del art. 4 del cap. I de los principios fundamentales de la Constitución de Cuba. Primer texto: 1869. Vigente: 2019. https://bit.ly/2lW25le
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República Dominicana
"Se admite el derecho de los trabajadores a la huelga y de los patronos al paro en las empresas privadas, siempre que se ejerzan con arreglo a la ley y para resolver conflictos estrictamente laborales. Se prohíbe toda paralización intencional de actividades en empresas privadas o del Estado", dice el art. 11d de la Constitución. Primer texto: 1844. Vigente: 2015. https://bit.ly/2JaYQ2d
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Ecuador
“El Ecuador es un territorio de paz. No se permitirá el establecimiento de bases militares extranjeras ni de instalaciones extranjeras con propósitos militares. Se prohíbe ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras”, establece el artículo 4 de los principios fundamentales. Primer texto: 1830. Vigente: 2008. https://bit.ly/2kT3mcx
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El Salvador
“No podrán ser candidatos a Presidente de la República: 1º- El que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de 6 meses”. Y el art. 154 dispone: “El período presidencial será de 5 años (...) sin que la persona que haya ejercido la Presidencia pueda continuar en sus funciones ni un día más”, reza la Constitución de El Salvador. Primer texto: 1824. Vigente: 1983. https://bit.ly/2dp0kHk
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Guatemala
“La actividad de los medios de comunicación social es de interés público y éstos en ningún caso podrán ser expropiados. Por faltas o delitos en la emisión del pensamiento no podrán ser clausurados, embargados, intervenidos, confiscados o decomisados, ni interrumpidos en su funcionamiento”, advierte el art. 35 sobre libertad de pensamiento. Primer texto: 1824. Vigente: 1993. https://bit.ly/2b7tMT9
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Honduras
“Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador ni a quienes asuman funciones o empleos públicos por la fuerza de las armas o usando medios o procedimientos que quebranten o desconozcan esta Constitución. El pueblo tiene derecho a recurrir a la insurrección en defensa del orden constitucional”, promete el art. 3 del cap. 1. Primer texto: 1825. Vigente: 1982. https://bit.ly/2mpfrH7
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México
“La manifestación de las ideas no será objeto de inquisición judicial o administrativa, sino en caso de que ataque la moral, vida privada o derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos legales”, dice el art. 6° del cap. IX sobre derechos humanos y garantías. Primer texto: 1824. Vigente: 1917. https://bit.ly/1imezoW
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Nicaragua
“Nadie puede ser sometido a detención o prisión arbitraria, ni ser privado de su libertad, salvo por causas fijadas por la ley con arreglo a un procedimiento legal”, reza el artículo 33 del capítulo I sobre derechos indiviudales. Primer texto: 1842. Vigente: 1987. https://bit.ly/2mgpQ7E
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Panamá
"El Estado desarrollará programas de educación y promoción para grupos indígenas ya que poseen patrones culturales propios, a fin de lograr su participación activa en la función ciudadana. El Estado dará atención especial a las comunidades campesinas e indígenas", dicen apartes de los art.104 y 120 de la Constitución de Panaña. Primer texto: 1904. Vigente: 1972. https://bit.ly/31ApF64
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Paraguay
"No habrá delitos de prensa, sino delitos comunes cometidos por medio de la prensa. Toda persona tiene derecho a generar, procesar o difundir información, como igualmente a la utilización de cualquier instrumento lícito y apto para tales fines. Se garantiza el pluralismo informatiov ", dicen los art. 26 y 27 de la Constitución del Paraguay. Primer texto: 1870 Vigente: 1992. https://bit.ly/2rZXAJc
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Perú
“Los funcionarios y servidores públicos que administran o manejan fondos del Estado deben hacer declaración jurada de bienes y rentas al tomar posesión de sus cargos, durante su ejercicio y al cesar en los mismos”, estipula un aparte del art. 41 del cap. IV de la Función Pública. Primer texto: 1823. Vigente: 1993. https://bit.ly/2kH594C
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Uruguay
"A nadie se le aplicará la pena de muerte. En ningún caso se permitirá que las cárceles sirvan para mortificar, y sí sólo para asegurar a los procesados y penados, persiguiendo su reeducación, la aptitud para el trabajo y la profilaxis del delito", reza el artículo 26 de Constitución del Uruguay. Primer texto: 1830. Vigente: 1997. https://bit.ly/2wrNW3p
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Venezuela
“El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo”, dice un aparte del art. 3 del título I. Primer texto: 1811. Vigente: 1999. https://bit.ly/2fo2F6y