Prensa en alemán: Pedro Castillo, candidato ideal para Keiko
16 de abril de 2021
El desenlace del balotaje en Ecuador, con el rechazo del país al correísmo, y la primera vuelta de las elecciones en Perú centraron esta semana la mirada de los diarios alemanes hacia América Latina.
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Una dura prueba para Perú
El diario Frankfurter Allgemeine Zeitungdestaca en su nota dedicada a las elecciones en Perú que, cuando el hasta ahora desconocido candidato de extrema izquierda Pedro Castillo lideraba los conteos en las elecciones peruanas, la cadena CNN no disponía de una solo foto de este sindicalista y maestro de escuela, que competirá con Keiko Fujimori en la segunda vuelta.
El diario analiza así el ascenso de Castillo: "El éxito de este outsider, que se llevó aproximadamente el 19 por ciento de los votos, se interpreta como una protesta contra la élite política bajo la sombra de los escándalos de corrupción. En el pasado, un candidato como Castillo jamás hubiera logrado llegar a la segunda vuelta.
Castillo representa al partido marxista leninista Perú Libre. Su agenda es radical: quiere cambiar la Constitución, eliminar el Tribunal Constitucional, regular los medios y la explotación de materias primas, así como estatalizar parte de las infraestructuras. Su partido proyecta la fundación de un Estado socialista.(…) Otras visiones de Castillo también son radicales. Así pues, está a favor de la pena de muerte. Y defiende otras posiciones muy conservadoras: en una entrevista con la emisora RPP, se pronunció en contra del aborto. ¿Y el matrimonio igualitario? 'Aún peor', respondió Castillo. (…) Muchos peruanos no querían votar a Keijo Fujimori en el pasado, pero ahora los electores se encuentran ante una dura prueba, porque, si hay otra cosa que caracteriza a los peruanos es que, en caso de duda, para cuestiones económicas han preferido dar un voto conservador y a favor del mercado. Por eso, los analistas están de acuerdo en que Fujimori no hubiera podido desear un rival más adecuado para ella que el radical Castillo".
La pesada herencia de Lenín Moreno
Die Tageszeitung, por su parte, analiza el panorama tras la segunda vuelta de las elecciones en Ecuador y la victoria del candidato conservador, Guillermo Lasso: "Lenin Moreno deja una pesada herencia. Con el fin del auge del precio del petróleo, cayeron los ingresos estatales desde mediados de la década de 2010. Las políticas de austeridad condujeron en octubre de 2019 a disturbios en los que murieron varias personas. En la cuestión de la deuda, todo depende de la buena voluntad del FMI. Después vino la pandemia y arreció la crisis. La economía se contrajo en 2020 casi un 8 por ciento. La proporción de pobres aumentó hasta el 33 por ciento de la población.
Uno de cada tres de los 18 millones de ecuatorianos vive por debajo del umbral de la pobreza. Cuando Lasso tome posesión el próximo 24 de mayo, no podrá apoyarse en una mayoría propia en la recién elegida Asamblea Nacional.(…) Tendrá que entenderse con el bloque formado por Pachakutik, que tiene 37 asientos, y la socialdemócrata Izquierda Democrática, con 18. Ambas fracciones negocian la creación de una alianza legislativa llamada 'Minka por la Justicia Social y la Libertad'. En su programa de cuatro puntos, destaca sobre todo la lucha contra el cambio climático para que, en el futuro, no haya más concesiones para la explotación de petróleo y minerales en las zonas protegidas (…) y salir así progresivamente del modelo extractivista. Eso choca con las posiciones del futuro presidente liberal conservador, que estará obligado a armar mayorías parlamentarias. En las futuras negociaciones entre Lasso y Minka podría haber sorpresas".
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La renovada imagen de Lasso
También el diario suizo Neue Zürcher Zeitunganalizó la victoria de Lasso en las elecciones en Ecuador. "Lasso aumentó notablemente su popularidad entre los jóvenes en los últimos dos meses. Para llegar hasta ellos, el candidadato, de 65 años, llevó a cabo un cambio de imagen.(…) El reputado asesor político Jaime Durán Barba ayudó al algo rígido Lasso a conseguir una imagen más juvenil. Barba tiene una fama mítica entre los conservadores de Sudamérica, desde que ayudó en Argentina al empresario Mauricio Macri en su victoria electoral de 2015, frente a la fuerza favorita de izquierda. También en Ecuador, el consejero apostó por un Lasso vestido de manera más informal y juvenil y la utilización de música pop en sus apariciones. Lasso ha atacado agresivamente en redes sociales a Arauz. Su 'Andrés no mientas otra vez' fue uno de los hashtags más exitosos de la segunda vuelta.
(ers)
Las Constituciones de América Latina
La letra plasmada en los textos de las Cartas Fundamentales latinoamericanas es un ideal que pueblos y Gobiernos buscan hacer realidad. Una lucha llena de obstáculos y fracasos, pero también de éxitos. Algunas citas.
Imagen: cervantesvirtual
Argentina
“La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas”, reza el artículo 16 de la Constitución argentina. Primer texto: 1853. Vigente: 1994. https://bit.ly/2eedveP
Imagen: cervantesvirtual
Bolivia
“Las naciones y pueblos indígenas en aislamiento y no contactados gozan del derecho a mantenerse en esa condición, a la delimitación y consolidación legal del territorio que ocupan y habitan”, dice el artículo 31 del capítulo IV de la Nueva Constitución Política Del Estado Plurinacional de Bolivia. Primer texto: 1826. Vigente: 2009. https://bit.ly/2kTAMYH
Imagen: cervantesvirtual
Chile
"La libertad de enseñanza incluye el derecho de abrir, organizar y mantener
establecimientos educacionales; no tiene otras limitaciones que las impuestas por la
moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional", dice el artículo 11 del Capítulo III sobre derechos y deberes constitucionales. Primer texto: 1925. Vigente: 1980. https://bit.ly/1W6OVw8
Imagen: cervantesvirtual
Colombia
“Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación”, reza el art. 79 del cap. III. Primer texto: 1886. Vigente: 1991. https://bit.ly/2kPU2WQ
Imagen: cervantesvirtual
Costa Rica
“El domicilio y todo otro recinto privado de los habitantes son inviolables. No obstante pueden ser allanados por orden escrita de juez competente, o para impedir la comisión o impunidad de delitos, o evitar daños graves a las personas o a la propiedad, con sujeción a lo que prescribe la ley”, dice el artículo 23 del título IV. Primer texto: 1949. Vigente: 2003. https://bit.ly/2kqYXgX
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Cuba
“Los ciudadanos tienen el derecho de combatir por todos los medios, incluyendo la lucha armada, cuando no fuera posible otro recurso, contra cualquiera que intente derribar el orden político, social y económico establecido por esta Constitución”, dice aparte del art. 4 del cap. I de los principios fundamentales de la Constitución de Cuba. Primer texto: 1869. Vigente: 2019. https://bit.ly/2lW25le
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República Dominicana
"Se admite el derecho de los trabajadores a la huelga y de los patronos al paro en las empresas privadas, siempre que se ejerzan con arreglo a la ley y para resolver conflictos estrictamente laborales. Se prohíbe toda paralización intencional de actividades en empresas privadas o del Estado", dice el art. 11d de la Constitución. Primer texto: 1844. Vigente: 2015. https://bit.ly/2JaYQ2d
Imagen: cervantesvirtual
Ecuador
“El Ecuador es un territorio de paz. No se permitirá el establecimiento de bases militares extranjeras ni de instalaciones extranjeras con propósitos militares. Se prohíbe ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras”, establece el artículo 4 de los principios fundamentales. Primer texto: 1830. Vigente: 2008. https://bit.ly/2kT3mcx
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El Salvador
“No podrán ser candidatos a Presidente de la República: 1º- El que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de 6 meses”. Y el art. 154 dispone: “El período presidencial será de 5 años (...) sin que la persona que haya ejercido la Presidencia pueda continuar en sus funciones ni un día más”, reza la Constitución de El Salvador. Primer texto: 1824. Vigente: 1983. https://bit.ly/2dp0kHk
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Guatemala
“La actividad de los medios de comunicación social es de interés público y éstos en ningún caso podrán ser expropiados. Por faltas o delitos en la emisión del pensamiento no podrán ser clausurados, embargados, intervenidos, confiscados o decomisados, ni interrumpidos en su funcionamiento”, advierte el art. 35 sobre libertad de pensamiento. Primer texto: 1824. Vigente: 1993. https://bit.ly/2b7tMT9
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Honduras
“Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador ni a quienes asuman funciones o empleos públicos por la fuerza de las armas o usando medios o procedimientos que quebranten o desconozcan esta Constitución. El pueblo tiene derecho a recurrir a la insurrección en defensa del orden constitucional”, promete el art. 3 del cap. 1. Primer texto: 1825. Vigente: 1982. https://bit.ly/2mpfrH7
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México
“La manifestación de las ideas no será objeto de inquisición judicial o administrativa, sino en caso de que ataque la moral, vida privada o derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos legales”, dice el art. 6° del cap. IX sobre derechos humanos y garantías. Primer texto: 1824. Vigente: 1917. https://bit.ly/1imezoW
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Nicaragua
“Nadie puede ser sometido a detención o prisión arbitraria, ni ser privado de su libertad, salvo por causas fijadas por la ley con arreglo a un procedimiento legal”, reza el artículo 33 del capítulo I sobre derechos indiviudales. Primer texto: 1842. Vigente: 1987. https://bit.ly/2mgpQ7E
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Panamá
"El Estado desarrollará programas de educación y promoción para grupos indígenas ya que poseen patrones culturales propios, a fin de lograr su participación activa en la función ciudadana. El Estado dará atención especial a las comunidades campesinas e indígenas", dicen apartes de los art.104 y 120 de la Constitución de Panaña. Primer texto: 1904. Vigente: 1972. https://bit.ly/31ApF64
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Paraguay
"No habrá delitos de prensa, sino delitos comunes cometidos por medio de la prensa. Toda persona tiene derecho a generar, procesar o difundir información, como igualmente a la utilización de cualquier instrumento lícito y apto para tales fines. Se garantiza el pluralismo informatiov ", dicen los art. 26 y 27 de la Constitución del Paraguay. Primer texto: 1870 Vigente: 1992. https://bit.ly/2rZXAJc
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Perú
“Los funcionarios y servidores públicos que administran o manejan fondos del Estado deben hacer declaración jurada de bienes y rentas al tomar posesión de sus cargos, durante su ejercicio y al cesar en los mismos”, estipula un aparte del art. 41 del cap. IV de la Función Pública. Primer texto: 1823. Vigente: 1993. https://bit.ly/2kH594C
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Uruguay
"A nadie se le aplicará la pena de muerte. En ningún caso se permitirá que las cárceles sirvan para mortificar, y sí sólo para asegurar a los procesados y penados, persiguiendo su reeducación, la aptitud para el trabajo y la profilaxis del delito", reza el artículo 26 de Constitución del Uruguay. Primer texto: 1830. Vigente: 1997. https://bit.ly/2wrNW3p
Imagen: cervantesvirtual
Venezuela
“El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo”, dice un aparte del art. 3 del título I. Primer texto: 1811. Vigente: 1999. https://bit.ly/2fo2F6y