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CorrupciónPerú

Tribunal de Perú ordena hacer público acuerdo con Odebrecht

18 de diciembre de 2024

La corte constitucional aceptó un recurso de agravio del conductor televisivo Phillip Butters, para que se le entregue una copia de los acuerdos.

El acuerdo de beneficios y colaboración entre el Estado peruano y Odebrecht se mantuvo como reservado por el Ministerio Público desde 2019. (Imagen de archivo)
El acuerdo de beneficios y colaboración entre el Estado peruano y Odebrecht se mantuvo como reservado por el Ministerio Público desde 2019. (Imagen de archivo)Imagen: Amanda Perobelli/REUTERS

El Tribunal Constitucional (TC) de Perú ordenó que se haga público el acuerdo confidencial de beneficios y colaboración que suscribió el Estado peruano con Odebrecht en 2019, como parte de la investigación de la gigantesca trama que corrupción en la que estuvo implicada la empresa brasileña, se informó el martes (17.12.2024).

La decisión, tomada por la Segunda Sala del TC y publicada en el portal del organismo, aceptó un recurso de agravio constitucional que presentó el conductor televisivo Phillip Butters, también afiliado al partido derechista Avanza País, para que se le entregue una copia de los acuerdos.

Los magistrados declararon "fundada la demanda por haberse vulnerado el derecho fundamental de acceso a la información pública", cuando la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró improcedente una solicitud que presentó Butters.

Cesa reserva del acuerdo

Con la resolución se conocerá el acuerdo de beneficios y colaboración eficaz de febrero de 2019 y el acuerdo complementario de mayo de ese mismo año.

Desde el 2019, el Ministerio Público mantuvo como reservado el acuerdo con Odebrecht con el argumento de que el proceso especial de colaboración eficaz solo es de conocimiento de la fiscalía, el colaborador, su defensor, el agraviado y el juez a cargo del caso.

En su momento, el Ministerio Público destacó que a una investigación fiscal solo pueden acceder los sujetos procesales, es decir, las personas o entidades que participan en un proceso judicial.

No obstante, el TC concluyó que con la emisión de la sentencia que aprobó el acuerdo de colaboración eficaz, "la finalidad legítima de la reserva ya no existe y en consecuencia, la reserva cesa, y no resulta oponible para su difusión pública”.

Además, el órgano supremo destacó que los colaboradores eficaces del caso Odebrecht ya renunciaron a la reserva de su identidad.

gs (efe, El Comercio de Perú)