"Colaboración" entre Maduro y oposición puede salvar vidas
José Ospina-Valencia
5 de junio de 2020
Ante las posibles consecuencias políticas de la pandemia, el Gobierno de Nicolás Maduro pide la aprobación de la Asamblea Nacional, que no reconoce. La oposición pierde de nuevo, pero se salvan vidas, concluyen expertos.
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"Milagro político en Venezuela: Maduro y Guaidó firman acuerdo por coronavirus", titula el diario El Espectador, como muchos otros medios este martes (02.06.2020). Todos hacían referencia a un comunicado leído en la televisión estatal de Venezuela por el ministro de Comunicación, Jorge Rodríguez, en el que decía textualmente: "Ambas partes (aquí hace énfasis) proponen trabajar coordinadamente y con el apoyo de la OPS (Organización Mundial de la Salud), en la búsqueda de recursos financieros que contribuyan al fortalecimiento de las capacidades de respuesta del país" frente al coronavirus. Esa otra "parte" es la oposición representada en la mayoría de la Asamblea Nacional, no reconocida por el Gobierno de Nicolás Maduro.
Poco antes, el líder de la oposición, Juan Guaidó, había informado del avance en sus propios términos: "El Gobierno interino del Presidente encargado Juan Guaidó informa al pueblo venezolano que, tras varios meses de lucha, hemos conseguido que la Organización Panamericana de la Salud (OPS) pueda recibir los fondos aprobados para ayuda humanitaria".
¿Se "doblegó" alguna de las "partes" y ante quién? La representación de Guaidó no habla ni de "acuerdo" ni de "convenio" con el Gobierno de Nicolás Maduro. ¿Qué pasó entonces? "Aquí lo que hubo fue una pragmática y realista decisión, tanto del Gobierno de Nicolás Maduro como de la oposición liderada por Juan Guaidó", dice a DW Benigno Alarcón, director del Centro de Estudios Políticos de la Universidad Andrés Bello, de Caracas, quien agrega que este "acercamiento" es producto de la amenaza real que la pandemia cierne sobre la vida de los venezolanos, y que también puede ser capaz de llevarse al régimen".
Reconocimiento "tácito" de la Asamblea Nacional
Una amenaza que llevó a un hecho inédito en Venezuela: "El reconocimiento tácito de la Asamblea Nacional por parte del Gobierno", afirma Alarcón. ¿Cómo sucedió? "Los convenios internacionales tienen que pasar por un proceso de aprobación legislativa, un requisito que la OPS exigía para cumplirle a sus donantes", explica el politólogo. Así que el Gobierno de Nicolás Maduro estaba en la disyuntiva: pedirle la aprobación a la Asamblea Nacional, que no reconoce, o dejar que la pandemia crezca tanto que arrase hasta con el Fuerte Tiuna, en donde realmente reside.
Por su parte, a la oposición no le quedaba otra cosa que hacer. Guaidó mismo había pedido la ayuda e impedirla ahora era imposible. "Nuestro compromiso siempre ha sido que ese dinero sirva para atender urgentemente las deficiencias del sector salud y que la ejecución de estas donaciones esté en manos de organismos internacionales con experiencia en el manejo de crisis humanitaria y no por la dictadura", dice la opositora y Subcomisionada Presidencial para las Relaciones Exteriores, Isadora Zubillaga.
Así, el documento de "colaboración" lleva la firma de Julio Castro, asesor en temas de Salud de la Asamblea Nacional (AN) y uno de los principales infectólogos de Venezuela, al lado de la de Carlos Alvarado, ministro de Salud de Nicolás Maduro. Como testigo, funge el representante de la OPS en Venezuela, Gerardo de Cosio.
La oposición firma, el Gobierno gana. ¿Pero y las vidas?
Pero también en Venezuela, la lucha por el poder puede estar por encima de la vida. "Una vez tuvo el Gobierno la firma en sus manos, filtró la información para insinuar que la oposición se había rendido, en secreto", resalta Benigno Alarcón. ¿Quién gana, quién pierde con ésto? "Gana el Gobierno. Pierde la oposición", es la escueta respuesta del analista a DW, y explica las razones: "El ala más radical de la oposición no acepta ni le perdona a Guiadó absolutamente ningún acercamiento con el Gobierno". Una postura que bien conocen los estrategas de Nicolás Maduro: "Por eso salen a confirmar una supuesta filtración -que ellos mismos lanzan- para desprestigiar el liderazgo de Guaidó y aumentar las divisiones", es la explicación de Alarcón, máster en Seguridad y Defensa, quien concluye que hay que tener en cuenta que en Venezuela "hay una fuerte 'oposición' dentro de la oposición".
"Carta de intención" puede salvar vidas
Para el psiquiatra Carlos Walter, director del Instituto de Desarrollo y Salud de la Universidad Central de Venezuela, lo rescatable de todo esto es que se haya firmado, por lo menos una "'carta de intención' entre dos poderes, el ejecutivo y el legislativo, representado por la Asamblea Nacional, con la Organización Panamericana de la Salud, como testigo". Según el médico, "el Gobierno de Maduro se ha dado cuenta de que nadie le cree el supuesto exitoso manejo de la pandemia, puesto que las cifras reales se parecen más a las publicadas por la Academia de Ciencias Físicas, Matemáticas y Naturales de Venezuela".
El pasado 8 de mayo, dicha institución publicó el único reporte científico, hasta ahora, sobre la posible evolución de la pandemia en Venezuela. En él calcula hasta 4.000 casos por día en junio de 2020 y sugiere una posible táctica del subregistro de los casos de coronavirus por el Gobierno de Nicolás Maduro. Tras dicha publicación, Diosdado Cabello, presidente de la Asamblea Nacional Constituyente, invitó a "que los organismos de seguridad visitaran a esa gente…". Una amenaza que la comunidad científica venezolana rechazó unánimemente, y que también fue respaldada por la ONG Alianza Venezolana por la Salud.
No hubo ni milagro ni acuerdo, y menos convenio
En conclusión, no hubo un "milagro" en Venezuela, ni tampoco "acuerdo" y menos un "convenio". "Hubo aterrizaje en la realidad", coinciden Walter y Alarcón. Sencillamente, "la realidad ha hecho cada vez más evidente el fracaso del manejo de la pandemia por parte de Maduro", es la conclusión del especialista en salud pública Carlos Walter, quien recuerda que "en Venezuela solo el Instituto Nacional de Higiene Rafael Rangel puede realizar las pocas pruebas de coronavirus que se hacen, no porque otros no puedan sino porque el régimen quiere mantener controlada la poca información".
Un informe de Naciones Unidas sobre la pandemia en Venezuela reveló el 24 de mayo que sólo se han realizado 16.577 pruebas PCR para detectar COVID-19. Esto representaría un 2,3 por ciento del total de pruebas realizadas. Según la ONU, "el Instituto Nacional de Higiene aumentó su capacidad de procesamiento de 100 a 600 pruebas PCR por día". Aún así, es una capacidad que contrasta con la de países como Perú, donde se realizan 10.000 pruebas diarias". Por lo demás, el Instituto Nacional de Higiene Rafael Rangel reportó este 3 de junio 133 nuevos casos. "Un absurdo", según el profesor de la Universidad Andrés Bello.
En medio de la guerra por las cifras, lo cierto es que el coronavirus está recreando en Venezuela escenarios machiavélicos en donde los protagonistas que se doblan por salvar el poder, salen como ganadores. Y los que ceden para ganar vidas, aparecen como los perdedores.
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Las Constituciones de América Latina
La letra plasmada en los textos de las Cartas Fundamentales latinoamericanas es un ideal que pueblos y Gobiernos buscan hacer realidad. Una lucha llena de obstáculos y fracasos, pero también de éxitos. Algunas citas.
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Argentina
“La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas”, reza el artículo 16 de la Constitución argentina. Primer texto: 1853. Vigente: 1994. https://bit.ly/2eedveP
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Bolivia
“Las naciones y pueblos indígenas en aislamiento y no contactados gozan del derecho a mantenerse en esa condición, a la delimitación y consolidación legal del territorio que ocupan y habitan”, dice el artículo 31 del capítulo IV de la Nueva Constitución Política Del Estado Plurinacional de Bolivia. Primer texto: 1826. Vigente: 2009. https://bit.ly/2kTAMYH
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Chile
"La libertad de enseñanza incluye el derecho de abrir, organizar y mantener
establecimientos educacionales; no tiene otras limitaciones que las impuestas por la
moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional", dice el artículo 11 del Capítulo III sobre derechos y deberes constitucionales. Primer texto: 1925. Vigente: 1980. https://bit.ly/1W6OVw8
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Colombia
“Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación”, reza el art. 79 del cap. III. Primer texto: 1886. Vigente: 1991. https://bit.ly/2kPU2WQ
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Costa Rica
“El domicilio y todo otro recinto privado de los habitantes son inviolables. No obstante pueden ser allanados por orden escrita de juez competente, o para impedir la comisión o impunidad de delitos, o evitar daños graves a las personas o a la propiedad, con sujeción a lo que prescribe la ley”, dice el artículo 23 del título IV. Primer texto: 1949. Vigente: 2003. https://bit.ly/2kqYXgX
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Cuba
“Los ciudadanos tienen el derecho de combatir por todos los medios, incluyendo la lucha armada, cuando no fuera posible otro recurso, contra cualquiera que intente derribar el orden político, social y económico establecido por esta Constitución”, dice aparte del art. 4 del cap. I de los principios fundamentales de la Constitución de Cuba. Primer texto: 1869. Vigente: 2019. https://bit.ly/2lW25le
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República Dominicana
"Se admite el derecho de los trabajadores a la huelga y de los patronos al paro en las empresas privadas, siempre que se ejerzan con arreglo a la ley y para resolver conflictos estrictamente laborales. Se prohíbe toda paralización intencional de actividades en empresas privadas o del Estado", dice el art. 11d de la Constitución. Primer texto: 1844. Vigente: 2015. https://bit.ly/2JaYQ2d
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Ecuador
“El Ecuador es un territorio de paz. No se permitirá el establecimiento de bases militares extranjeras ni de instalaciones extranjeras con propósitos militares. Se prohíbe ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras”, establece el artículo 4 de los principios fundamentales. Primer texto: 1830. Vigente: 2008. https://bit.ly/2kT3mcx
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El Salvador
“No podrán ser candidatos a Presidente de la República: 1º- El que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de 6 meses”. Y el art. 154 dispone: “El período presidencial será de 5 años (...) sin que la persona que haya ejercido la Presidencia pueda continuar en sus funciones ni un día más”, reza la Constitución de El Salvador. Primer texto: 1824. Vigente: 1983. https://bit.ly/2dp0kHk
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Guatemala
“La actividad de los medios de comunicación social es de interés público y éstos en ningún caso podrán ser expropiados. Por faltas o delitos en la emisión del pensamiento no podrán ser clausurados, embargados, intervenidos, confiscados o decomisados, ni interrumpidos en su funcionamiento”, advierte el art. 35 sobre libertad de pensamiento. Primer texto: 1824. Vigente: 1993. https://bit.ly/2b7tMT9
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Honduras
“Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador ni a quienes asuman funciones o empleos públicos por la fuerza de las armas o usando medios o procedimientos que quebranten o desconozcan esta Constitución. El pueblo tiene derecho a recurrir a la insurrección en defensa del orden constitucional”, promete el art. 3 del cap. 1. Primer texto: 1825. Vigente: 1982. https://bit.ly/2mpfrH7
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México
“La manifestación de las ideas no será objeto de inquisición judicial o administrativa, sino en caso de que ataque la moral, vida privada o derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos legales”, dice el art. 6° del cap. IX sobre derechos humanos y garantías. Primer texto: 1824. Vigente: 1917. https://bit.ly/1imezoW
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Nicaragua
“Nadie puede ser sometido a detención o prisión arbitraria, ni ser privado de su libertad, salvo por causas fijadas por la ley con arreglo a un procedimiento legal”, reza el artículo 33 del capítulo I sobre derechos indiviudales. Primer texto: 1842. Vigente: 1987. https://bit.ly/2mgpQ7E
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Panamá
"El Estado desarrollará programas de educación y promoción para grupos indígenas ya que poseen patrones culturales propios, a fin de lograr su participación activa en la función ciudadana. El Estado dará atención especial a las comunidades campesinas e indígenas", dicen apartes de los art.104 y 120 de la Constitución de Panaña. Primer texto: 1904. Vigente: 1972. https://bit.ly/31ApF64
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Paraguay
"No habrá delitos de prensa, sino delitos comunes cometidos por medio de la prensa. Toda persona tiene derecho a generar, procesar o difundir información, como igualmente a la utilización de cualquier instrumento lícito y apto para tales fines. Se garantiza el pluralismo informatiov ", dicen los art. 26 y 27 de la Constitución del Paraguay. Primer texto: 1870 Vigente: 1992. https://bit.ly/2rZXAJc
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Perú
“Los funcionarios y servidores públicos que administran o manejan fondos del Estado deben hacer declaración jurada de bienes y rentas al tomar posesión de sus cargos, durante su ejercicio y al cesar en los mismos”, estipula un aparte del art. 41 del cap. IV de la Función Pública. Primer texto: 1823. Vigente: 1993. https://bit.ly/2kH594C
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Uruguay
"A nadie se le aplicará la pena de muerte. En ningún caso se permitirá que las cárceles sirvan para mortificar, y sí sólo para asegurar a los procesados y penados, persiguiendo su reeducación, la aptitud para el trabajo y la profilaxis del delito", reza el artículo 26 de Constitución del Uruguay. Primer texto: 1830. Vigente: 1997. https://bit.ly/2wrNW3p
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Venezuela
“El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo”, dice un aparte del art. 3 del título I. Primer texto: 1811. Vigente: 1999. https://bit.ly/2fo2F6y