La oposición en Venezuela: su división perpetúa el régimen
José Ospina-Valencia
31 de agosto de 2020
Tan necesaria en una democracia como en una dictadura, la oposición venezolana lleva 20 años fracasando con sus fórmulas. Analistas critican la falta de un plan común y su creciente lejanía de la gente.
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El presidente Nicolás Maduro convocó a elecciones parlamentarias el próximo 6 de diciembre. Un desafío que sume a la oposición en una división aún más profunda, a pesar de proclamar un objetivo común: "el fin de la dictadura”, la meta que recalca el parlamentario en el exilio, Julio Borges, Comisionado presidencial para la Relaciones Exteriores de Venezuela, nombrado por Juan Guaidó.
"Si esas elecciones tienen lugar, Nicolás Maduro va a hacerse con la mayoría en la Asamblea Nacional, que es lo que busca”, dice a DW la politóloga Sabine Kurtenbach, directora de investigaciones del Instituto Alemán para Estudios Globales (GIGA), con sede en Hamburgo, quien dice que hay que tener en cuenta que "Maduro ha cambiado las reglas del juego favoreciendo a candidatos y partidos pequeños leales al régimen por lo que obtendrán escaños en la Asamblea; por eso, la oposición que busca un cambio de gobierno no tendrá ninguna posibilidad de ganar”.
27 partidos opositores: "No convalidar el fraude”
Así lo ven los 27 principales grupos de la oposición venezolana que acordaron boicotear las próximas elecciones legislativas, considerando que "los comicios serán manipulados por el partido de gobierno, el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), y que participar equivaldría a "colaborar con la estrategia de la dictadura".
Una conclusión a la que también llegan tanto Kurtenbach, como el politólogo Detlef Nolte, de la Universidad Hamburgo, quien explica a DW que "la oposición no tiene éxito, entre otras razones porque enfrenta a un régimen que está dispuesto a todo para mantenerse en el poder”. El profesor también advierte que "así el régimen opere con métodos no democráticos, la oposición no puede ni debe hacer lo mismo, a pesar de toda la frustración”.
Si bien tanto Hugo Chávez como Nicolás Maduro han sabido manipular, debilitar y enemistar más a la diversa oposición venezolana, la responsabilidad de su división, y consiguiente falta de éxito recae en esta misma. Y ese fracaso se debe, entre otros factores, a que "en la oposición venezolana se lo juegan todo, no tanto por defender la democracia, sino los intereses personales”, considera la politóloga Sabine Kurtenbach, quien agrega que, Juan Guaidó logró una convocatoria popular que se desgastó demasiado rápido y no hay, hasta ahora, otra figura que pueda relevarlo.
¿Qué pasará cuando se vaya Maduro?
Para la profesora de la Universidad de Marburgo, hay varias cosas por las que la oposición venezolana no logra sus objetivos, algo también observado en otros países: "Aparte de que quiera que Maduro se vaya, la oposición no tiene un programa común, un plan conjunto para después”. Un punto clave que puede generar la confianza que la oposición requiere. "En Nicaragua empezaron las peleas una vez cayó Anastasio Somoza (1979). En Venezuela, las peleas entre los opositores empezaron mucho antes”, apunta Kurtenbach. Además, como segundo punto, "la oposición venezolana no se pone de acuerdo sobre cómo sacar a Maduro del poder: están quienes quieren pactar con él; otros siguen apegados a las formas democráticas, y existen lo que no descartan la vía de la fuerza, como María Corina Machado”.
Una tercera falla de la oposición es la otra fuente de discordia interna, según Sabine Kurtenbach: "El deseo sin freno de sus distintos líderes de querer figurar, en forma oportunista, dejando una y otra vez en claro que una vez Guaidó haga el trabajo de sacar a Maduro, sus propias ambiciones de poder seguirán vivas”. Peor aún, analiza la científica: "Esos mismos líderes han profundizado las brechas de la división con su demostración de mesianismo del corte de que ‘yo soy el único -o la única- que puede lograr el cambio de gobierno”.
Además de lo anterior, "la oposición no logra ningún consenso sobre lo que debería pasar con el partido chavista, que cuenta con líderes que aún representan a una parte importante de la población, así ya no convoquen a las mayorías”, agrega la profesora. A esto se suma que "la oposición habla de superar la dependencia del petróleo, pero nadie dice cómo hacerlo”, observa Sabine Kurtenbach, una de las más reconocidas estudiosas de América Latina en Alemania.
"Corina Machado le hace el mayor favor a Maduro”
Pero "la líder María Corina Machado le hace el mayor favor a Nicolás Maduro hablando de intervención militar, porque es lo que más le conviene al régimen”, advierte Sabine Kurtenbach. Y explica que eso "le da la perfecta justificación a Maduro de que las verdaderas amenazas para Venezuela vienen desde fuera”. Una estrategia tan contraproducente, que "Guiadó, tras cometer sus propios errores, la ha descartado porque ha visto que no le conviene”.
"No lleva a nada el discurso de ‘intervención militar', a sabiendas de que ningún país está dispuesto a ejecutarla, y de que mientras las Fuerzas Militares estén detrás de Maduro el régimen no caerá”, dice, por su parte, el profesor Nolte. El académico reconoce las grandes dificultades que genera "la inteligente estrategia de división de la oposición por parte del régimen, que mete o saca de la cárcel de forma selectiva a opositores para crear más discordia". Este 31 de agosto, el Gobierno de Venezuela "indultó" a varios diputados opositores presos o exiliados y a periodistas y actores sociales detenidos o acusados de diversos delitos.
¿Quién y cómo desarrollar la transición?
Tampoco la oposición de Venezuela se pone de acuerdo sobre la propuesta de pactar con el chavismo un tiempo de transición. Mucho, empero, es susceptible de cambiar después de una decisión de impacto global: las elecciones presidenciales del 3 de noviembre en Estados Unidos.
"En vista de que los partidos de la oposición se han alejado de la gente, las iniciativas y movimientos civiles son una esperanza en Venezuela, aunque a largo plazo, toda vez que aún son muy pequeños y necesitan mucho apoyo”, reconoce la investigadora. Ella apuesta por las iniciativas de la sociedad civil "para un cambio pacífico”.
Por último, la politóloga concluye que "mientras la oposición no supere sus divisiones, representa la mejor garantía para la perduración del régimen de Nicolás Maduro en el poder”.
(er)
Las Constituciones de América Latina
La letra plasmada en los textos de las Cartas Fundamentales latinoamericanas es un ideal que pueblos y Gobiernos buscan hacer realidad. Una lucha llena de obstáculos y fracasos, pero también de éxitos. Algunas citas.
Imagen: cervantesvirtual
Argentina
“La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas”, reza el artículo 16 de la Constitución argentina. Primer texto: 1853. Vigente: 1994. https://bit.ly/2eedveP
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Bolivia
“Las naciones y pueblos indígenas en aislamiento y no contactados gozan del derecho a mantenerse en esa condición, a la delimitación y consolidación legal del territorio que ocupan y habitan”, dice el artículo 31 del capítulo IV de la Nueva Constitución Política Del Estado Plurinacional de Bolivia. Primer texto: 1826. Vigente: 2009. https://bit.ly/2kTAMYH
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Chile
"La libertad de enseñanza incluye el derecho de abrir, organizar y mantener
establecimientos educacionales; no tiene otras limitaciones que las impuestas por la
moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional", dice el artículo 11 del Capítulo III sobre derechos y deberes constitucionales. Primer texto: 1925. Vigente: 1980. https://bit.ly/1W6OVw8
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Colombia
“Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación”, reza el art. 79 del cap. III. Primer texto: 1886. Vigente: 1991. https://bit.ly/2kPU2WQ
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Costa Rica
“El domicilio y todo otro recinto privado de los habitantes son inviolables. No obstante pueden ser allanados por orden escrita de juez competente, o para impedir la comisión o impunidad de delitos, o evitar daños graves a las personas o a la propiedad, con sujeción a lo que prescribe la ley”, dice el artículo 23 del título IV. Primer texto: 1949. Vigente: 2003. https://bit.ly/2kqYXgX
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Cuba
“Los ciudadanos tienen el derecho de combatir por todos los medios, incluyendo la lucha armada, cuando no fuera posible otro recurso, contra cualquiera que intente derribar el orden político, social y económico establecido por esta Constitución”, dice aparte del art. 4 del cap. I de los principios fundamentales de la Constitución de Cuba. Primer texto: 1869. Vigente: 2019. https://bit.ly/2lW25le
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República Dominicana
"Se admite el derecho de los trabajadores a la huelga y de los patronos al paro en las empresas privadas, siempre que se ejerzan con arreglo a la ley y para resolver conflictos estrictamente laborales. Se prohíbe toda paralización intencional de actividades en empresas privadas o del Estado", dice el art. 11d de la Constitución. Primer texto: 1844. Vigente: 2015. https://bit.ly/2JaYQ2d
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Ecuador
“El Ecuador es un territorio de paz. No se permitirá el establecimiento de bases militares extranjeras ni de instalaciones extranjeras con propósitos militares. Se prohíbe ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras”, establece el artículo 4 de los principios fundamentales. Primer texto: 1830. Vigente: 2008. https://bit.ly/2kT3mcx
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El Salvador
“No podrán ser candidatos a Presidente de la República: 1º- El que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de 6 meses”. Y el art. 154 dispone: “El período presidencial será de 5 años (...) sin que la persona que haya ejercido la Presidencia pueda continuar en sus funciones ni un día más”, reza la Constitución de El Salvador. Primer texto: 1824. Vigente: 1983. https://bit.ly/2dp0kHk
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Guatemala
“La actividad de los medios de comunicación social es de interés público y éstos en ningún caso podrán ser expropiados. Por faltas o delitos en la emisión del pensamiento no podrán ser clausurados, embargados, intervenidos, confiscados o decomisados, ni interrumpidos en su funcionamiento”, advierte el art. 35 sobre libertad de pensamiento. Primer texto: 1824. Vigente: 1993. https://bit.ly/2b7tMT9
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Honduras
“Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador ni a quienes asuman funciones o empleos públicos por la fuerza de las armas o usando medios o procedimientos que quebranten o desconozcan esta Constitución. El pueblo tiene derecho a recurrir a la insurrección en defensa del orden constitucional”, promete el art. 3 del cap. 1. Primer texto: 1825. Vigente: 1982. https://bit.ly/2mpfrH7
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México
“La manifestación de las ideas no será objeto de inquisición judicial o administrativa, sino en caso de que ataque la moral, vida privada o derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos legales”, dice el art. 6° del cap. IX sobre derechos humanos y garantías. Primer texto: 1824. Vigente: 1917. https://bit.ly/1imezoW
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Nicaragua
“Nadie puede ser sometido a detención o prisión arbitraria, ni ser privado de su libertad, salvo por causas fijadas por la ley con arreglo a un procedimiento legal”, reza el artículo 33 del capítulo I sobre derechos indiviudales. Primer texto: 1842. Vigente: 1987. https://bit.ly/2mgpQ7E
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Panamá
"El Estado desarrollará programas de educación y promoción para grupos indígenas ya que poseen patrones culturales propios, a fin de lograr su participación activa en la función ciudadana. El Estado dará atención especial a las comunidades campesinas e indígenas", dicen apartes de los art.104 y 120 de la Constitución de Panaña. Primer texto: 1904. Vigente: 1972. https://bit.ly/31ApF64
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Paraguay
"No habrá delitos de prensa, sino delitos comunes cometidos por medio de la prensa. Toda persona tiene derecho a generar, procesar o difundir información, como igualmente a la utilización de cualquier instrumento lícito y apto para tales fines. Se garantiza el pluralismo informatiov ", dicen los art. 26 y 27 de la Constitución del Paraguay. Primer texto: 1870 Vigente: 1992. https://bit.ly/2rZXAJc
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Perú
“Los funcionarios y servidores públicos que administran o manejan fondos del Estado deben hacer declaración jurada de bienes y rentas al tomar posesión de sus cargos, durante su ejercicio y al cesar en los mismos”, estipula un aparte del art. 41 del cap. IV de la Función Pública. Primer texto: 1823. Vigente: 1993. https://bit.ly/2kH594C
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Uruguay
"A nadie se le aplicará la pena de muerte. En ningún caso se permitirá que las cárceles sirvan para mortificar, y sí sólo para asegurar a los procesados y penados, persiguiendo su reeducación, la aptitud para el trabajo y la profilaxis del delito", reza el artículo 26 de Constitución del Uruguay. Primer texto: 1830. Vigente: 1997. https://bit.ly/2wrNW3p
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Venezuela
“El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo”, dice un aparte del art. 3 del título I. Primer texto: 1811. Vigente: 1999. https://bit.ly/2fo2F6y